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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 807/2018

RESOL-2018-807-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 10/10/2018

VISTO el Expediente EX-2018-00465256-APN-DRHDYME#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nº 19.549, los Decretos Nros. 6.242 de fecha 24 de diciembre de 1971 y sus modificatorios, 1.307 de fecha 31 de julio de 2012 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que se advierten numerosos casos de reclamos y recursos impetrados por personal de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA peticionando la incorporación y liquidación en su haber, las diferencias salariales, con carácter remunerativo y bonificable, de los suplementos particulares creados por el Decreto Nº 1.307/12 y sus modificatorios (Decretos Nros. 246/2013 y 854/2013, 2140/2013, 813/2014, 968/2015, 716/2016 y 463/2017, respectivamente).

Que los mismos, se traten de personal en actividad o retirado o, pensionados o jubilados de la Institución, deben ser resueltos en última instancia por la titular de ésta cartera ministerial, en consonancia con el ordenamiento jurídico aplicable.

Que en los supuestos de aquellos impetrados una vez transcurrido holgadamente los plazos previstos en el Decreto Nº 6.242/71 y en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, el dictado de actos desestimatorios conlleva un dispendio atentatorio de los principios de celeridad y economía procesal que deben prevalecer, entre otros, en todo procedimiento administrativo.

Que, asimismo, la demora en su resolución habilitaría a los interesados a articular ante los estrados judiciales el instituto del amparo por mora, con el peligro cierto de imposición de costas y el consecuente perjuicio patrimonial que de ello se derivaría.

Que en este marco resultaría conveniente el dictado de un acto administrativo de carácter general que rechace los reclamos y recursos interpuestos en forma extemporánea.

Que ha tomado la intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos de éste Ministerio.

Que la presente medida se dicta conforme lo dispuesto por los artículos 30 de la Ley Nº 19.549, y 10.206 y siguientes del Decreto Nº 6.242/71 (Reglamentación del Personal de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA).

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Recházase con carácter general los reclamos administrativos promovidos por el personal en actividad y/o pasividad de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA o que hayan pertenecido a ella, en los cuales peticionan se incorporen en su haber y se liquide las diferencias salariales, con carácter remunerativo y bonificable, los suplementos particulares creados por el Decreto Nº 1307/12 y sus modificatorios (Decretos Nros. 246/2013 y 854/2013, 2.140/2013, 813/2014, 968/2015, 716/2016 y 463/2017, respectivamente), por su carácter de improcedencia e inadmisibilidad formal debido a su manifiesta extemporaneidad.

ARTÍCULO 2°.- Declárase agotada la instancia administrativa.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich

e. 12/10/2018 N° 76749/18 v. 12/10/2018

Fecha de publicación 12/10/2018