SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución 684/2018
RESOL-2018-684-APN-PRES#SENASA
Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-23694783- -APN-DNTYA#SENASA, la Ley N° 27.233, el Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, aprobado por el Decreto N° 4.238 del 19 de julio de 1968, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 6° de la Ley N° 27.233, faculta al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a establecer los procedimientos y sistemas para el control público y privado del tráfico federal, importaciones y exportaciones de los productos, subproductos y derivados de origen animal, adecuando los sistemas de fiscalización y certificación higiénico-sanitaria.
Que mediante el Decreto N° 4.238 del 19 de julio de 1968 se aprobó el Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal.
Que la ampliación de los mercados exige aprovechar al máximo las capacidades instaladas tanto en plantas procesadoras como en los depósitos de frío, facilitando la complementación entre establecimientos de distintos rubros habilitados por este Servicio Nacional.
Que el tránsito de productos de un establecimiento habilitado a otro para completar frío, no debería ser una traba que afecte el comercio si se hace en condiciones higiénico-sanitarias, manteniendo la trazabilidad y al mismo tiempo permitiendo la optimización de recursos por parte de la industria.
Que por lo expuesto, resulta necesario actualizar el citado Reglamento para acompañar los procesos productivos de manera que éstos no afecten la inocuidad de los productos, previniendo la aparición de peligros y verificando los procesos en cada etapa de la cadena agroalimentaria.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para el dictado del presente acto, en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º, inciso f) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, modificado por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal. Capítulo V – Numerales 5.4.6, 5.4.6.1, 5.4.6.2, 5.4.6.3 y 5.4.6.4 Incorporación. Se incorporan los Numerales 5.4.6, 5.4.6.1, 5.4.6.2, 5.4.6.3 y 5.4.6.4 al Capítulo V del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, que como Anexo I (IF-2018-48127505-APN-DNIYCA#SENASA) forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal. Capítulo XXVIII. Numeral 28.12.1. Incorporación. Se incorpora el Numeral 28.12.1 al Capítulo XXVIII del citado Reglamento, que como Anexo II (IF-2018-47793770-APN-DNIYCA#SENASA) forma parte integrante de la presente resolución
ARTÍCULO 3º.- La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ricardo Luis Negri
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/10/2018 N° 77092/18 v. 16/10/2018
Fecha de publicación 16/10/2018