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MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Resolución 736/2018

RESOL-2018-736-APN-MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 10/10/2018

VISTO: El expediente N° EX 2018-37928031-APN-DRRHH#ME, la Decisión Administrativa N° 267 de fecha 02 de marzo de 2018, el Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa Nº 267 de fecha 02 de marzo de 2018, se estableció, entre otros, la integración de los Gabinetes de los señores: Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretario General y Secretario Legal y Técnico, ambos dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Procurador del Tesoro de la Nación, Titular del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO, Secretario de Coordinación Interministerial y Secretario de Coordinación de Políticas Públicas, dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los Titulares de los Organismos Descentralizados de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL que se detallan en el Anexo I (IF-2018-09350589-APN-MM) que forma parte de la Decisión Administrativa N° 267/18 los que estarán integrados con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se detallan en el Anexo II (IF-2018-09350598-APN-MM) de la citada Decisión Administrativa.

Que por el artículo 2º de la medida mencionada precedentemente se estableció que los funcionarios mencionados en el considerando anterior podrán retribuir mediante el uso de Unidades Retributivas al personal de gabinete, en los términos del artículo 10 del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, y a quienes se desempeñan en la Administración Pública Nacional, con excepción de las modalidades contractuales de prestación de servicios personales bajo locación de servicio u obra, asistencia técnicas y becas, mediante la asignación regular o extraordinaria de unidades retributivas destinadas a premiar productividad, iniciativas o méritos relevantes en una mayor eficacia en su desempeño.

Que conforme al régimen aludido, procede efectuar la designación del Abogado Nicolás Ariel PECHERSKY (D.N.I. N° 32.236.549) como Asesor en la Planta de Gabinete de la UNIDAD MINISTRO del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN, actual MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, con la correspondiente asignación de Unidades Retributivas a partir del 6 de marzo de 2018 y hasta el 31 de mayo de 2018.

Que el agente propuesto ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 6 de marzo de 2018 y hasta el 31 de mayo de 2018, por lo que procede efectuar su designación con efectos a esa fecha.

Que el artículo 4° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017, faculta a los Señores Ministros y Secretarios de la Presidencia de la Nación a efectuar contrataciones de personal, asignar funciones, promover y reincorporar personal y designar al personal de gabinete de las autoridades superiores de sus respectivas jurisdicciones.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 4° del Decreto N° 355/17 y su modificatorio.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dar por designado a partir del 6 de marzo de 2018 y hasta el 31 de mayo de 2018, como Asesor en la Planta de Gabinete de la UNIDAD MINISTRO del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN, actual MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, al Abogado Nicolás Ariel PECHERSKY (D.N.I. N° 32.236.549), con la asignación de una remuneración equivalente a la cantidad de TRES MIL CINCUENTA Y TRES (3053) Unidades Retributivas.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 – MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN en orden a lo dispuesto por el artículo 8° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alejandro Finocchiaro

e. 16/10/2018 N° 76809/18 v. 16/10/2018

Fecha de publicación 16/10/2018