BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6573/2018
14/09/2018
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular CREFI 2 - 111. Expansión de entidades financieras. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:
“- Sustituir el punto 1.5.1.3. de las normas sobre “Expansión de entidades financieras” por lo siguiente:
“1.5.1.3. Sucursales móviles. En el régimen citado en el punto 1.5.1.1. se deberá indicar las actividades que proyectan desarrollar, la sucursal o, en su caso, la casa central de la cual la sucursal móvil dependerá operativamente y los períodos en los que operará.”
Por otra parte, les hacemos llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia. Asimismo, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero - MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Agustín Torcassi, Subgerente General de Normas.
ANEXO
El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Opción “Normativa”).
e. 16/10/2018 N° 76812/18 v. 16/10/2018
Fecha de publicación 16/10/2018