Edición del
26 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PERSONAL MILITAR

Decreto 916/2018

DECTO-2018-916-APN-PTE - Nómbrase en misión permanente Agregado Naval.

Ciudad de Buenos Aires, 16/10/2018

VISTO lo informado por el señor Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario para la ARMADA ARGENTINA, proceder al relevo del Oficial Superior que se desempeña como Agregado Naval a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y Asesor Militar de la Misión Permanente de la REPÚBLICA ARGENTINA ante la ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA).

Que el MINISTERIO DE DEFENSA seleccionó al Capitán de Navío D. Enrique Antonio BALBI (M.I. Nro 17.422.703), para que desempeñe la mencionada función.

Que dicho cargo se encuentra contemplado en la Resolución Conjunta Nº 646, del MINISTERIO DE DEFENSA y Nº 651, del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, de fecha 23 de diciembre de 2013.

Que las DIRECCIONES GENERALES DE ASUNTOS JURÍDICOS de la ARMADA ARGENTINA y del MINISTERIO DE DEFENSA, han tomado la intervención que les compete.

Que la medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 12 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 10 de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Nómbrase en “misión permanente” y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, dentro de los SESENTA (60) días de la firma del presente decreto, al señor Capitán de Navío D. Enrique Antonio BALBI (M.I. N° 17.422.703), para desempeñarse como Agregado Naval a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y Asesor Militar de la Misión Permanente de la REPÚBLICA ARGENTINA ante la ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA).

ARTÍCULO 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto, serán imputados a la partida del Presupuesto de la Administración Nacional - Ejercicios 2018 y sucesivos - Subjurisdicción 4522 – ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.

ARTÍCULO 3º.- El ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA (DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA ARMADA) procederá a liquidar los conceptos y emolumentos que le correspondan, conforme lo establecido en el artículo 2417, de la Reglamentación del Título II (Personal Militar en Actividad) - capítulo IV (Haberes) de la Ley para el Personal Militar Nº 19.101, aprobada por el Decreto Nº 3294 de fecha 29 de diciembre de 1978 y modificada por su similar Nº 1003 de fecha 29 de abril de 1983, Decretos Nº 1202 de fecha 22 de junio de 1990, Nº 1140 de fecha 29 de agosto de 2007 y Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 1478 de fecha 24 de septiembre de 2007. Posteriormente efectuará los giros pertinentes durante su permanencia en el país de destino.

ARTÍCULO 4º.- Por la DIRECCIÓN NACIONAL DE CEREMONIAL, se otorgará el pasaporte correspondiente.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Oscar Raúl Aguad - Jorge Marcelo Faurie

e. 17/10/2018 N° 77862/18 v. 17/10/2018

Fecha de publicación 17/10/2018