ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 246/2018
RESFC-2018-246-APN-DIRECTORIO#ENRE
ACTA N° 1543
Expediente ENRE N° 47.273/2016
Buenos Aires, 12 DE OCTUBRE DE 2018
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.) en la suma de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS UNO CON NOVENTA Y UN CENTAVOS ($ 4.315.701,91) correspondientes al periodo comprendido entre los meses de junio a noviembre de 2016, por incumplimientos respecto de líneas a lo dispuesto en el artículo 22 inciso a) de su Contrato de Concesión y al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal contenido en el Subanexo B del mencionado Contrato, cuyos detalles, duraciones y montos de penalización se expresan en los IF-2018-30440195-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-30442907-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-30443037-APN-DTEE#ENRE, IF2018-30443288-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-30443531-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-37565921-APN-DTEE#ENRE y IF-2018-37568215-APN-DTEE#ENRE. 2.- Instruir a (TRANSBA S.A. para que de conformidad con lo dispuesto en el punto 6.1.3 de la cláusula sexta del Acta Acuerdo destine el importe de las sanciones aplicadas mediante el artículo precedente a la ejecución de inversiones adicionales según el detalle del IF-2018-37568215-APN-DTEE#ENRE, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 6 del Acuerdo SEE – ENRE – TRANSBA 2016-2017, relativo al Acta Acuerdo UNIREN - TRANSBA S.A. y de conformidad con las proporciones detalladas en el IF-2018-30444144-APN-DTEE#ENRE. 3.- Sancionar a TRANSBA S.A. en la suma de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 888.930,84) por incumplimientos respecto a equipamientos de conexión/transformación, conexión/salidas y de reactivo instalado según la Resolución SE N° 1/2003, a lo dispuesto en el artículo 22 inciso a) de su Contrato de Concesión y al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal contenido en el Subanexo B del mencionado contrato correspondientes al periodo comprendido entre los meses de Junio a Noviembre de 2016, cuyos detalles, duraciones y montos de penalización se expresan en los IF-2018-30440195-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-30442907-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-30443037-APNDTEE#ENRE, IF-2018-30443288-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-30443531-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-37565921-APNDTEE#ENRE y IF-2018-37568215-APN-DTEE#ENRE. 4.- Instruir a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) para que aplicando las sanciones previstas en el artículo 3, cuyo total consta en el IF-2018-37568215-APN-DTEE#ENRE, efectúe los descuentos correspondientes de dichas sanciones sobre la liquidación de venta de TRANSBA S.A. ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 6 del Acuerdo SEE – ENRE – TRANSBA 2016-2017, relativo al Acta Acuerdo UNIREN - TRANSBA S.A., y de conformidad con las proporciones detalladas en el IF-2018-30444144-APN-DTEE#ENRE. 5.- Instruir a CAMMESA para que informe al ENRE cuando complete la liquidación a favor de TRANSBA S.A. de la totalidad de los ingresos determinados en el Convenio de Renovación del Acuerdo Instrumental para el período semestral junio a noviembre de 2016. 6.- Notifíquese a TRANSBA S.A. y a CAMMESA con copia de los IF-2018-30440195-APN-DTEE#ENRE, IF2018-30442907-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-30443037-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-30443288-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-30443531-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-37565921-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-37568215-APN-DTEE#ENRE y IF-2018-30444144- APN-DTEE#ENRE. Hágase saber a TRANSBA S.A. que: a) se le otorga vista del expediente por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto y b) la presente resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del recurso de reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto Nº 1.759/1972 (T.O. en 2017), dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos, así como también, (ii) en forma subsidiaria, o alternativa, por la vía del recurso de alzada previsto en el artículo 94 del citado Reglamento y en el artículo 76 de la Ley Nº 24.065, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal previsto en el artículo 81 de la Ley Nº 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales. 7.- Publíquese en la página web del ENRE, conjuntamente con los IF-2018-30440195-APNDTEE#ENRE, IF-2018-30442907-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-30443037-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-30443288-APNDTEE#ENRE, IF-2018-30443531-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-37565921-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-37568215-APNDTEE#ENRE y IF-2018-30444144-APN-DTEE#ENRE. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Vocal Tercero Dra. Laura Gisela Giumelli - Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi.-
Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio.
e. 18/10/2018 N° 77940/18 v. 18/10/2018
Fecha de publicación 18/10/2018