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Primera sección


MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 959/2018

DI-2018-959-APN-ANMAT#MSYDS - Productos domisanitarios: prohibición de uso y comercialización.

Ciudad de Buenos Aires, 16/10/2018

VISTO el Expediente N° 1-47-1110-1573-17-8 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y;

CONSIDERANDO:

Que se inician las actuaciones del VISTO por las cuales el Departamento de Productos de Uso Doméstico dependiente de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS), informó que personal de dicho departamento llevó a cabo una inspección, en el marco de la Fiscalización de Productos de Uso Doméstico, por OI: 2017/3298-DVS-1844 de fecha 31 de agosto de 2017, en un local comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se relevaron los productos “Valenntine Snow foam Contenido neto 500 ml. Sin datos de elaborador/importador, vencimiento, lote, RNE, RNPUD/TI.”, “Valenntine Shampoo Contenido neto 500 ml. Sin datos de elaborador/importador, vencimiento, lote, RNE, RNPUD/TI. Es un producto íntegramente diseñado para el exclusivo cuidado automotriz.” y “Valenntine Fragancia para interiores melón 125 cc. Sin datos de elaborador/importador, vencimiento, lote, RNE, RNPUD/TI.”

Que asimismo, el referido departamento informó que por acta de entrevista número 1709-75 se exhibió a Ramón Alberto Romero la muestra proveniente de la inspección de fiscalización mencionada y de la documentación de distribución de la venta del producto fuera de la jurisdicción (factura A Nº 0004-00000001 de fecha 11/07/2017, emitida por Romero Ramón Alberto a favor de Shiny Cars SRL.).

Que el Sr. Romero procedió a realizar la inspección visual de las muestras exhibidas de los productos mencionados, expresando que se correspondían con originales elaborados y comercializados por el titular Romero Ramón Alberto en su domicilio de Carriego 399, Glew, Buenos Aires.

Que asimismo, el Ramón Alberto Romero expresó que la factura se trataba de una original emitida por el titular Romero Ramón Alberto a favor del cliente Shiny Cars S.R.L., con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires.

Que declaró que eran productos elaborados de forma artesanal en su domicilio particular, adquiriendo los productos semielaborados de proveedores, realizando de forma manual el fraccionamiento en los envases y posterior etiquetado de las unidades.

Que consultado el representante sobre si contaba con habilitación sanitaria ante ANMAT y/o ante la Provincia de Buenos Aires, expresó no poseer dichas habilitaciones para el establecimiento ni para los productos.

Que la DVS manifestó que el Sr. Romero Ramón Alberto infringiría, prima facie, el artículo 1º de la Resolución MS y AS Nº 708/98 y el artículo 1º de la Resolución MS y AS Nº 709/98 y en consecuencia sugirió prohibir de uso y comercialización en el territorio nacional todos los lotes de todos los productos de Romero Ramón Alberto, marca Valenntine Professional Detail Elements; iniciar el correspondiente sumario sanitario a Romero Ramón Alberto, con domicilio en calle Carriego 399, Localidad de Glew, Provincia de Buenos Aires, como responsable de los productos y a quien resulte su Director Técnico por los incumplimientos a la normativa sanitaria aplicable que fueran señalados ut-supra y comunicar a la Autoridad Sanitaria Jurisdiccional, a sus efectos.

Que desde el punto de vista procedimental y respecto de las medidas aconsejadas por el organismo actuante cabe opinar que resulta competente esta Administración Nacional en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1.490/92 y que las mismas se encuentran sustentadas en el inciso b) del artículo 3°, en los incisos n) y ñ) del artículo 8º y del inciso q) del artículo 10 de la citada norma.

Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorias.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Prohíbese el uso y la comercialización en el territorio nacional de los productos del titular Romero Ramón Alberto, marca Valenntine Professional Details Elements.

ARTÍCULO 2º.- Instrúyase sumario sanitario a Ramón Alberto Romero, DNI 35.272.846 con domicilio en la calle Carriego 399, Glew, provincia de Buenos Aires, como titular de los productos por presunta infracción al artículo 1° de la Resolución MS y AS N° 708/98 y 1° de la Resolución MS y AS N° 709/98.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Desé a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación. Comuníquese a la Dirección Nacional de Regulación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras del Ministerio de Salud de la Nación, a las autoridades sanitarias provinciales y a la Autoridad Sanitaria del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección de Gestión de Información Técnica y a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria. Gírese a la Dirección de Faltas Sanitarias de la Dirección General de Asuntos Jurídicos a sus efectos. Carlos Alberto Chiale

e. 19/10/2018 N° 78178/18 v. 19/10/2018

Fecha de publicación 19/10/2018