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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR

Decisión Administrativa 1727/2018

DA-2018-1727-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 22/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-21915086-APN-DGD#MP, la Ley N° 27.431, los Decretos Nros. 766 de fecha 12 de mayo de 1994 y sus modificatorios, 2406 de fecha 28 de diciembre de 1994 y su modificatorio, 660 de fecha 24 de junio de 1996, 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 313 de fecha 13 de marzo de 2018 y 338 de fecha 16 de marzo de 2018 y su complementaria, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

Que mediante el Decreto N° 766/94 y sus modificatorios, se creó la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR como organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO E INVERSIONES del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que por el Decreto N° 660/96 se dispuso que la citada Comisión Nacional actuara en la órbita de la Administración Central, como organismo desconcentrado de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que mediante el Decreto N° 2406/94 y su modificatorio, se aprobó la estructura organizativa de la citada Comisión Nacional.

Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, en la que se estableció que la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR actuará como organismo desconcentrado dependiente de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, actual MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que el Decreto N° 355/17 y su modificatorio estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por la Decisión Administrativa N° 313/18 se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo desconcentrado en la órbita de la SECRETARÍA DE COMERCIO del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, actual MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se considera imprescindible la cobertura de un (1) cargo vacante de Gerente de Estudios sobre Competitividad Sectorial y Comercio.

Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 338/18 y su complementaria.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por el artículo 2° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase, a partir del 1° de abril de 2018, al licenciado en economía D. Juan Francisco CARLUCCIO (M.I. N° 24.977.777) en el cargo de Gerente de Estudios sobre Competitividad Sectorial y Comercio de la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo desconcentrado en la órbita de la SECRETARÍA DE COMERCIO del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, actual MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas correspondientes a la Jurisdicción 51.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Dante Sica

e. 23/10/2018 N° 79492/18 v. 23/10/2018

Fecha de publicación 23/10/2018