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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA GENERAL

Decisión Administrativa 1738/2018

DA-2018-1738-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-39904137-APN-MM, la Ley N° 27.431, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 317 del 13 de marzo de 2018, y 338 del 16 de marzo de 2018 y su complementaria, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

Que por el Decreto N° 355/17 y su modificatorio se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate, incluidas las correspondientes a las SECRETARÍAS DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Y DE TURISMO, ambas de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al entonces MINISTERIO DE TURISMO.

Que por la Decisión Administrativa N° 317/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE TURISMO.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la Dirección Nacional de Agencias de Viajes de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD Y FORMACIÓN TURÍSTICA Y DE FISCALIZACIÓN DE PRESTADORES de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, TECNOLOGÍA Y CALIDAD TURÍSTICA del ex MINISTERIO DE TURISMO actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se considera imprescindible proceder a la cobertura transitoria del cargo de Director de Registro de Agencias de Viajes.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tomó la intervención prevista en el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 338/18 y su complementaria habiendo verificado la existencia del referido cargo.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del entonces MINISTERIO DE TURISMO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 2º del Decreto Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 1º de agosto de 2018 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al licenciado Martín Alberto LIDESTRI (M.I. N° 18.443.109) en el cargo de Director de Registro de Agencias de Viajes dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE AGENCIAS DE VIAJES de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD Y FORMACIÓN TURÍSTICA Y DE FISCALIZACIÓN DE PRESTADORES de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, TECNOLOGÍA Y CALIDAD TURÍSTICA del entonces MINISTERIO DE TURISMO actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN Nivel B, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio Colectivo.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1º de agosto de 2018.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 53.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Rogelio Frigerio

e. 24/10/2018 N° 80160/18 v. 24/10/2018

Fecha de publicación 24/10/2018