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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 539/2018

RESOL-2018-539-APN-ENACOM#JGM Fecha 22/10/2018

EXPAFSCA 497/2010

La Presidenta del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Autorizar a la MUNICIPALIDAD DE PILAR (C.U.I.T. Nº 30-99900582-5) la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en el canal 200, frecuencia 87.9 MHz., con una potencia radiada efectiva (P.R.E.) máxima de 100 vatios y altura media de antena máxima de SESENTA (60) metros, en la ciudad de PILAR, provincia de BUENOS AIRES. 2.- Dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días corridos de notificada la presente, el municipio autorizado deberá presentar la documentación técnica definitiva, de conformidad con la normativa técnica vigente, para su aprobación y ulterior habilitación. 3.- El municipio autorizado asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC, con relación a la altura de la estructura soporte de antenas a instalar y el cumplimiento de las normas correspondientes emanadas de dicho organismo. El alcance de la autorización otorgada por la presente, se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 4-. Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.

e. 25/10/2018 N° 80425/18 v. 25/10/2018

Fecha de publicación 25/10/2018