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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 299/2018

RESOL-2018-299-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 29/06/2018

VISTO el Expediente Nº 1.751.909/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa AGCO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 5/5 vta. del Expediente Nº 1.751.909/17 y que ha sido ratificado a fojas 16 y 17 de las mismas actuaciones.

Que bajo dicho acuerdo las partes precitadas establecen un incremento salarial en los términos y conforme los lineamientos estipulados en el mismo, conformándose la nueva escala salarial que corresponde al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1368/14 “E”.

Que respecto a su ámbito temporal, se fija su vigencia a partir del 1 ° de enero de 2017 de conformidad con lo expresamente pactado por sus celebrantes.

Que corresponde señalar que las partes han incurrido en un error involuntario al consignar en el acuerdo el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1368/13 “E”, atento a que el plexo convencional que ha sido oportunamente celebrado entre las mismas y debidamente homologado a través de Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO Nº 705 de fecha 13 de mayo de 2014 es el que lleva el Nº 1368/14 “E”, conforme se consigna en las actas de ratificación de fojas 16 y 17 de las actuaciones citadas en el Visto.

Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo se corresponde con el del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa 1368/14 “E”.

Que dicho ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en las presentes actuaciones el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa AGCO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, el que luce a fojas 5/5 vta. del Expediente Nº 1.751.909/17, conjuntamente con las actas de ratificación de fojas 16 y 17, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 5/5 vta. del Expediente Nº 1.751.909/17, conjuntamente con las actas de ratificación de fojas 16 y 17.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente junto al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1368/14 “E”.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 25/10/2018 N° 79441/18 v. 25/10/2018

Fecha de publicación 25/10/2018