DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES
Disposición 5112/2018
DI-2018-5112-APN-DNM#MI
Ciudad de Buenos Aires, 22/10/2018
VISTO el Expediente EX-2018-46666133- -APN-DGA#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y su Decreto Reglamentario N° 1759 del 3 de abril de 1972 (T.O. 2017), la Resolución de la Secretaría de Empleo Público N° 21 del 1° de marzo de 2018 y la Disposición DI-2018-4305-APN-DNM#MI del 23 de agosto de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Expediente EX-2018-17210208- -APN-MM la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES propició la contratación del agente Mario Emanuel CATAN (DNI N° 38.652.090) en los términos del régimen aprobado por el artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002, en la función de Asistente Administrativo de la DELEGACIÓN SALTA, Nivel D - Grado 0, por el período comprendido entre el 1° de junio de 2018 y el 31 de diciembre de 2018, la que fue aprobada a través de la Disposición DI-2018-4305-APN-DNM#MI.
Que en el texto del artículo 4° de la mencionada disposición se verifica un error material, dado que se ha omitido consignar su publicación en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 5° de la Resolución de la Secretaría de Empleo Público N° 21/18.
Que por lo expuesto, resulta necesario rectificar el artículo 4° de la Disposición DI-2018- 4305-APN-DNM#MI de acuerdo a lo establecido por el artículo 101 del reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1759 del 3 de abril de 1972 (T.O. 2017).
Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta a tenor de lo dispuesto por el artículo 29 de la Ley N° 25.565, a las facultades conferidas por el Decreto N° 1410 del 3 de diciembre de 1996 y en virtud de lo establecido por el artículo 101 del Decreto N° 1759 del 3 de abril de 1972 (T.O. 2017).
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Rectifícase el artículo 4° de la Disposición DI-2018-4305-APN-DNM#MI del 23 de agosto de 2018, el que quedará redactado del siguiente modo:
“ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese”.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese”. Horacio José García
e. 26/10/2018 N° 80644/18 v. 26/10/2018
Fecha de publicación 26/10/2018