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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 5183/2018

DI-2018-5183-APN-DNM#MI

Ciudad de Buenos Aires, 24/10/2018

VISTO los Expedientes N° EX-2018-33681801-APN-MM y N° EX-2018-32942332-APN-MM, las Disposiciones N° DI-2018-4838-APN-DNM#MI del 25 de septiembre de 2018 y N° DI-2018-4880-APN-DNM#MI del 27 de septiembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición N° DI-2018-4838-APN-DNM#MI, del 25 de septiembre de 2018 se aprobó la contratación efectuada en el marco del régimen aprobado por el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, de la señora María Elena SILVA (DNI N° 13.440.462) por el período comprendido entre el 1° de julio de 2018 y el 31 de diciembre de 2018, en la función de Asistente Administrativa de la DELEGACIÓN COMODORO RIVADAVIA de la DIRECCIÓN DE DELEGACIONES de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, en la categoría equivalente al Nivel D - Grado 3 del escalafón aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 sus modificatorios y complementarios.

Que por error material en su artículo segundo se dio intervención al entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, cuando correspondería haberlo hecho a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el artículo primero de la Disposición N° DI-2018-4880-APN-DNM#MI del 27 de septiembre de 2018, se aprobó la contratación efectuada en el marco del régimen aprobado por el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, del agente Sebastián ORELLANO (DNI N° 28.711.762), conforme detalle descripto en la planilla que como Anexo I (IF-2018-47503784-APN-DNM#MI) forma parte integrante de la mencionada disposición, en la función y categoría equivalente del escalafón aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, indicado, con carácter de excepción a lo establecido en el punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02, modificado por el artículo 1° de su similar N° 735 del 1° de junio de 2016, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

Que en el mencionado Anexo se consignó que el contrato tendría una vigencia de 180 días a partir del 07/01/2018 y hasta el 12/31/2018, cuando correspondía haber dejado establecido que el periodo estaría dado entre el 01/07/2018 y el 31/12/2018.

Que en virtud de ello correspondería también sustituir el artículo primero de la Disposición DNM N° DI-2018-4880-APN-DNM#MI

Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 29 de la Ley N° 25.565 y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 1410 del 3 de diciembre de 1996 y por el artículo 5° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017, que fuera sustituido por el artículo 4° del Decreto N° 859 del 26 de septiembre de 2018.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el artículo 2° de la Disposición DNM N° DI-2018-4838-APN-DNM#MI, del 25 de septiembre de 2018, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS conforme lo establecido por el artículo 8º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017, que fuera sustituido por el artículo 4° del Decreto N° 859 del 26 de septiembre de 2018.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el artículo 1° de la Disposición DNM N° DI-2018-4880-APN-DNM#MI, del 27 de septiembre de 2018, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 1°.- Apruébase la contratación efectuada en el marco del régimen aprobado por el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, del agente que se detalla en la planilla que como Anexo I (DI-2018-54078503-APN-DNM#MI) forma parte integrante de la presente medida, por el período, en la función y categoría equivalente del escalafón aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, indicado, con carácter de excepción a lo establecido en el punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02, modificado por el artículo 1° de su similar N° 735 del 1° de junio de 2016, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.”

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Horacio José García

e. 29/10/2018 N° 80985/18 v. 29/10/2018

Fecha de publicación 29/10/2018