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24 de Agosto de 1999

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Resolución 33/2018

RESOL-2018-33-APN-MRE

Ciudad de Buenos Aires, 12/01/2018

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2017-01493439-APN-DDMEAPYA#MRE , la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, 39 de fecha 9 de enero de 2012, 735 de fecha 1 de junio de 2016 y 355 de fecha 22 de mayo de 2017, la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, las Resoluciones Nros. 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias y 1230 de fecha 5 de junio de 2008 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, 20 de fecha 29 de febrero de 2012 de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164 prevé un régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado que comprende la prestación de servicios de carácter transitorio o estacional.

Que la Resolución N° 48/02 de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias aprueba las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal a celebrar según lo establecido en el Artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164 y su Decreto Reglamentario N° 1421/02 y su modificatorio.

Que el Decreto N° 39/12 homologa el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal correspondiente al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), mediante el cual se acuerda el pago en concepto de Compensación Transitoria por Mayor Dedicación Personal Contratado y Operativa Personal Contratado para el personal encuadrado en el marco del régimen de contrataciones celebrado en el marco del Artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164 y sus reglamentarios.

Que la Resolución N° 20/12 de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS reglamentaria del Decreto N° 39/12 aprueba el Instructivo para la aplicación de lo establecido por la citada norma, estableciendo que la asignación del pago de las Compensaciones Transitorias será tramitada por el titular de la Unidad a cargo de las acciones del Personal con jerarquía no inferior a Director o, en su defecto, por su superior con al menos esa jerarquía, ante la Autoridad Superior responsable de los pagos al personal, conforme la información que surge de los respectivos contratos, sus términos de referencia y su situación académica.

Que la Decisión Administrativa N° 3/04 y sus modificatorias, establece las pautas de equiparación para la fijación de la remuneración que corresponda asignar al personal contratado, de conformidad con las previsiones del Artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164, en relación con el adicional por grado del régimen escalafonario que resulte de aplicación al personal de la Planta Permanente de la Jurisdicción.

Que como consecuencia del dictado del Decreto N° 355/17 se faculta a los señores Ministros y Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a aprobar contrataciones, renovaciones o prórrogas de personal, bajo cualquier modalidad, incluidas las previstas en el Artículo 9° del Anexo I de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Que el entonces señor Secretario de Coordinación y Cooperación Internacional ha celebrado, “ad referéndum” de la entonces señora Ministra de Relaciones Exteriores y Culto de conformidad con la delegación de facultades establecida en el Artículo 6°, inciso 2) de la Resolución N° 1230/08 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el contrato de prestación de servicios del agente D. Juan Manuel SIMONIAN en los términos del Artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164, su reglamentación y pautas de aplicación.

Que el Decreto N° 2098/08 homologa el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), el cual en su Artículo 14 requiere, para el acceso al Nivel Escalafonario B la posesión de título universitario de grado correspondiente a carrera de duración no inferior a CUATRO (4) años, o título de carreras universitarias o terciarias de duración no inferior a TRES (3) años, atinente a la función o puesto a desarrollar y experiencia laboral en la especialidad correspondiente a las funciones a desempeñar por un término no inferior a TRES (3) años después de la titulación.

Que el agente D. Juan Manuel SIMONIAN no reúne los requisitos previstos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.) para el acceso al Nivel Escalafonario propuesto, sin perjuicio de contar con la idoneidad y la experiencia necesaria para el desempeño de las actividades y el logro de los objetivos que constituyen el objeto de su contratación.

Que conforme el Artículo 1° inciso f) del Decreto N° 735/16, modificatorio del Decreto N° 1421/02, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN podrá autorizar excepciones a lo establecido en el inciso c), punto II del Artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02 y su modificatorio, y asimismo en atención a lo dispuesto por el Decreto N° 355/17 el MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO podrá realizar la contratación del agente D. Juan Manuel SIMONIAN previa intervención del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN se expidió favorablemente respecto a la aprobación de la contratación como excepción a lo establecido en el punto II, inciso c) del Artículo N° 9 del Anexo I al Decreto N° 1421/02 y sus modificatorios, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Que la Dirección General de Recursos Humanos y Planeamiento Organizacional ha tomado la intervención que le compete de conformidad con las previsiones contenidas en la Decisión Administrativa N° 3/04 y sus modificatorias.

Que la Dirección General de Administración certificó que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender la erogación que demande la medida que se propicia.

Que la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN y la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR han brindado su debida conformidad.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención en el ámbito de su respectiva competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02 y su modificatorio, y el Decreto N° 355/17.

Por ello,

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el contrato del agente D. Juan Manuel SIMONIAN (D.N.I. N° 32.064.205) con autorización excepcional a lo establecido en el punto II del inciso c) del Artículo N° 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02 y sus modificatorios, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 conforme lo dispuesto en el Artículo 1° del Decreto N° 735/16, modificatorio del Decreto N° 1421/02, equiparando su remuneración al Nivel Escalafonario B Grado 3 del escalafón del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), conforme los datos que se detallan en el Anexo registrado en el Módulo Generador Electrónico de Documentos Oficiales bajo el código IF-2017-30892080-APN-DGRHYPO#MRE, en los términos del Artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164, su reglamentación y pautas de aplicación, aprobadas por el Decreto N° 1421/02 y su modificatorio, y la Resolución N° 48/02 de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, por el período comprendido entre el día 1° de febrero de 2017 y el día 31 de diciembre de 2017, a fin de prestar funciones en la División de Asuntos Previsionales.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de esta Jurisdicción para el ejercicio en curso.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Jorge Marcelo Faurie

e. 30/10/2018 N° 81427/18 v. 30/10/2018

Fecha de publicación 30/10/2018