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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución 271/2018

RESOL-2018-271-APN-INPI#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 22/10/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-42595819- -APN-DO#INPI del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo autárquico que funciona en la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Sra. Ana María MIGUEL (DNI Nº 16.939.917) ha solicitado, en fecha 29 de Junio de 2018, la suspensión por el término de UN (1) año de la matrícula Nº 856 de AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

Que la suspensión de la matrícula por el término de un año, está prevista por el artículo 17 de la Resolución INPI P-101 de fecha 18 de abril de 2006, que aprueba el Reglamento para el ejercicio de la Profesión de Agente de la Propiedad Industrial.

Que a fin de otorgarle mayor seguridad jurídica a la suspensión respecto de terceros, resulta conveniente que la interesada notifique su suspensión en la matrícula en cada uno de los expedientes que tenga en trámite.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le compete.

Que de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, el señor Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), se encuentra facultado para suscribir la presente suspensión.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Acéptase la suspensión por el término de UN (1) año de la Sra. Ana María MIGUEL (DNI Nº 16.939.917) a la Matrícula Nº 856 de AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

ARTICULO 2º.- Procédase a formalizar la suspensión del Registro de la Matrícula de Agentes de la Propiedad Industrial, por intermedio del Departamento de Mesa de Entradas, Archivo y Notificaciones de la Dirección Operativa.

ARTICULO 3º.- Comuníquese al interesado que le incumbe la obligación de notificar su suspensión en la matrícula en cada uno de los expedientes que tenga en trámite.

ARTICULO 4º.-. Notifíquese al interesado y a los sectores intervinientes del Instituto.

ARTICULO 5º.- Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación por el término de un (1) día en el Boletín Oficial, publíquese en los Boletines de Marcas y de Patentes, comuníquese y archívese. Dámaso Pardo

e. 06/11/2018 N° 83864/18 v. 06/11/2018

Fecha de publicación 06/11/2018