ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución 93/2018
Ciudad de Buenos Aires, 26/10/2018
VISTO el SIGEA N° 12447-2613-2007 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la citada actuación se habilitó el Depósito Fiscal de la firma “Banshe S.A. CUIT 30-70794746-9, en los términos de la Resolución ANA N° 3343/94, modificatorias y complementarias, ubicado en la calle Solari 9027, GUAYMALLEN, Pcia de MENDOZA, jurisdicción del Departamento Aduana de MENDOZA.
Que motiva el trámite de baja de la habilitación oportunamente concedida a la firma, la falta de respuesta a las sucesivas intimaciones efectuadas por la Aduana local, a fin de que efectuara la readecuación tecnológica del depósito en trato, establecida en la las Resoluciones Generales AFIP N° 3477, 3581 y 3871.
Que a fs.389/391 la División Operativa MENDOZA (Nota N° 329/16 (DV OPME)), el Departamento Aduana MENDOZA (Nota N° 611/16 (AD MEND)), la División Evaluación Operativa Regional (Nota N° 59/16 (DV EORC)) y la Dirección Regional Aduanera CENTRAL (Nota N° 94/16 (DI RACE)), informan que la firma no posee deudas aduaneras vencidas ni a vencer y que el predio se encuentra a plan barrido.
Que en virtud de lo normado en la Disposición N° 249/16 artículo 4°, tomaron la intervención de su competencia, la Subdirección General de Técnico Legal Aduanera y de Asuntos Jurídicos, las que se expiden a través de Nota N° 269/16 (DI LEGA) de fecha 16/08/2016 (fs. 395) y Dictamen N° 368/16 (DV DRTA) de fecha 06/09/2016 (fs. 397/398), respectivamente, corresponde aprobar el trámite de baja solicitado.
Que atento el tiempo transcurrido desde el inicio del trámite de baja de habilitación y la remisión de la actuación a esta Subdirección General por parte de la ex Dirección Gestión de los Recursos y Presupuestos (Nota N° 328/18 DG ADUA de fecha 21/5/18), se requirió a la División Operativa MENDOZA que ratificara la inexistencia de deudas del permisionario y el estado a plan barrido del depósito fiscal.
Que mediante E-Mail N° 40/2018 (DV OPME) de fecha 17/10/2018 (fs.402/403), la citada División informa que el depósito se encuentra a plan barrido y que posee una Liquidación Manual en estado no ejecutable conforme la Instrucción General N° 1/2014 (DE PNPR).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Déjese sin efecto la habilitación del depósito fiscal de la firma “Banshe S.A. CUIT 30-70794746-9”, ubicado en la calle Solari 9027, GUAYMALLEN, Pcia de MENDOZA, jurisdicción del Departamento Aduana de MENDOZA, conforme lo expuesto en los considerandos y lo dispuesto en la Resolución General AFIP 3871.
ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Notifíquese al interesado por conducto de la División Zonas Primarias y Fronteras. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera CENTRAL. Remítanse la presente al Departamento Aduana de MENDOZA. Gustavo Adolfo Echegoyen
e. 07/11/2018 N° 84189/18 v. 07/11/2018
Fecha de publicación 07/11/2018