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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 419/2018

RESOL-2018-419-APN-INCAA#MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-07669946-APN-GA#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, las Resoluciones INCAA N° 810-E de fecha 18 de mayo de 2018, N° 168-E de fecha 04 de octubre de 2018, y;

CONSIDERANDO:

Que entre las atribuciones del Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES previstas en la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la de fomentar el desarrollo de la cinematografía argentina en sus aspectos culturales, artísticos, técnicos, industriales y comerciales; pudiendo a tal efecto auspiciar concursos, establecer premios, adjudicar becas de estudio e investigación y emplear todo otro medio necesario para el logro de ese fin.

Que por Resolución INCAA N° 810-E/2018 se llamó a “CONCURSO DE PRODUCCIÓN DE TELEFILM FICCIÓN”.

Que por Resolución INCAA Nº 168-E/2018 se designó a los miembros del jurado del mencionado concurso.

Que el Jurado seleccionado se expidió en actas sobre el Ganador del llamado a Concurso obrante en orden 37, 38 y 39

Que la mencionada selección se hizo en el marco de lo dispuesto en el propio Llamado a Concurso, conforme Resolución INCAA Nº 810-E/2018

Que la Subgerencia de Fomento a la Producción Audiovisual y la Subgerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para la aprobación de la siguiente medida se encuentra prevista en la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los Decretos N° 1536/2002 y N° 324/2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declarar como ganador del CONCURSO DE PRODUCCIÓN DE TELEFILM FICCIÓN aprobado por Resolución INCAA 810-E/2018 al proyecto “SIERVO AJENO” de Centro Andino para la Educación y la Cultura - CAPEC

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, oportunamente archívese. Ralph Douglas Haiek

e. 20/11/2018 N° 87928/18 v. 20/11/2018

Fecha de publicación 20/11/2018