ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA BARRANQUERAS
La Aduana de Barranqueras, en cumplimiento al instructivo General N° 09/17 (DGA) se archivan provisoriamente las actuaciones iniciadas a las personas que mas abajo se detallan, conforme lo establecido en el Ap. D, pto. 6 de la citada instrucción por el término de doce (12) meses a contar de la comisión del hecho; transcurrido el mencionado plazo, sin que se registren antecedentes de casos archivados, que en su conjunto no superen el monto fijado de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) se procedera al archivo definitivo de las actuaciones acorde lo dispuesto en el Ap. H. Que, en relación a las mercaderías involucradas, el último párrafo del apartado K- de la I.G. 9/17 (DGA) refiere expresamente que no está autorizado su retiro, en consecuencia procedería ordenar su destrucción previo cumplimiento de las formalidades de práctica.
SIGEA N° | DN-10 | INTERESADO | DOCUMENTO | DESCRIPCION DE LA MERCADERIA |
12251-363-2014 | 481-2014/0 | YÑIGUEZ RAMON OSCAR | 14,376,143 | CIGARRILLOS |
17774-164-2018 | 376-2018/8 | ESCOBAR FLORES ENRIQUE | 4,080,344 | HOJAS DE COCA |
Hugo Anibal Botello Capara, Empleado Administrativo.
e. 23/11/2018 N° 89100/18 v. 23/11/2018
Fecha de publicación 23/11/2018