MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA
Resolución 227/2018
RESOL-2018-227-APN-SGC#MECCYT
Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2017-33032061-APN-DMED#MC y la Resolución M.C. Nº 157 de fecha 7 de marzo de 2018,
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución mencionada en el Visto se llamó a concurso de antecedentes y oposición para la cobertura de diversos cargos vacantes pertenecientes al CORO POLIFÓNICO NACIONAL DE CIEGOS “CARLOS ROBERTO LARRIMBE” -diez cargos de coreutas y tres de copistas-.
Que el concurso se ha llevado a cabo conforme lo pautado en la normativa vigente y lo dispuesto por la Resolución M.C. Nº 157/2018.
Que, los integrantes del Comité de Selección han elevado mediante las Actas Nº 1 (IF-2018-36345038-APN-DNOE#MC) y 2 (IF-2018-36346788-APN-DNOE#MC) el orden de mérito de los cargos concursados.
Que habiéndose expedido el jurado, las autoridades del organismo han elevado la correspondiente propuesta de designación de los ganadores de los cargos concursados.
Que, en razón de ello, resulta pertinente proceder a la designación de los mismos.
Que el artículo 23 del Decreto Nº 973/08, establece que “el órgano de selección, fundado en la meritoria experiencia artística laboral y/o en los resultados en el proceso de selección del postulante, podrá proponer la asignación de UN (1) grado” al grado inicial.
Que, conforme ello, el órgano de selección interviniente ha considerado oportuno proponer se apliquen las previsiones contempladas en el artículo citado a algunos de los agentes ganadores de los cargos concursados.
Que cabe precisar, en relación a las diez vacantes de cargos de coreuta concursadas, que fueron seleccionados siete de los participantes como ganadores.
Que toda vez que dos de los coreutas ganadores no cumplen con el requisito de nacionalidad que exige el artículo 4º del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Nº 25.164, previo a su designación, deberá gestionarse por cuerda separada la correspondiente excepción.
Que tres de los referidos cargos de coreuta no fueron cubiertos dado que, conforme surge de las constancias del expediente, el resto de los participantes no ha dado cumplimiento con las pautas y puntajes requeridos para resultar ganadores.
Que, en consecuencia, por la insuficiencia de méritos de los restantes candidatos presentados, debe declararse desierto el concurso con respecto a tres de los cargos concursados, en los términos del artículo 34 del Decreto Nº 973/2008.
Que el gasto que demande la presente, cuenta con financiamiento otorgado por la Ley Nº 27.431 - PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL, para el ejercicio 2018 y distribuido por Decisión Administrativa Nº 6 de fecha 12 de enero de 2018.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ORGANISMOS ESTABLES y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este organismo han tomado la intervención que les compete.
Que, por otra parte, debe destacarse que la presente medida se encuentra alcanzada por la excepción señalada en el artículo 2º, inciso a) del Decreto Nº 632/18.
Que la presente medida se dicta con arreglo a lo dispuesto por el Decreto N° 778/02, ratificado por el Anexo I al artículo 7º del Decreto Nº 355/17 y por su modificatorio Decreto Nº 859/18, y de acuerdo con las normas establecidas por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial mencionado, homologado por el Decreto N° 973/08.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Designar como titulares, a partir de la fecha de la presente medida, en el agrupamiento músico cantante de la planta permanente del CORO POLIFÓNICO NACIONAL DE CIEGOS “CARLOS ROBERTO LARRIMBE”, a los coreutas cuyos datos personales, categoría, grado y función se indican en el Anexo I (IF-2018-41043717-APN-DGRRHH#MC), por haber resultado ganadores del concurso convocado por la Resolución M.C. Nº 157/18.
ARTÍCULO 2º.- Declarar desierta la convocatoria dispuesta por la citada Resolución con respecto a TRES (3) cargos de Coreuta.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto del año en curso asignado a esta Jurisdicción.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, cumplido, archívese. Alejandro Pablo Avelluto
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/11/2018 N° 89740/18 v. 26/11/2018
Fecha de publicación 26/11/2018