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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 5843/2018

DI-2018-5843-APN-DNM#MI

Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2018

VISTO el Expediente EX-2018-15570388- -APN-DGA#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, los Decretos N° 1421 del 8 de agosto de 2002, N° 801 del 5 de septiembre de 2018, N° 802 del 5 de septiembre de 2018 y N° 958 del 25 de octubre de 2018, la Decisión Administrativa N° 338 del 16 de marzo de 2018 y las Resoluciones N° 39 de la Ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, N° 3-E/2017 de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del Ex - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN del 2 de febrero de 2017 y N° RESOL-2018-32-APN-SECEP#JGM del 30 de octubre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 338/18 se autorizó, como excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.431 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, la cobertura mediante los respectivos procesos de selección de SIETE MIL (7.000) cargos vacantes pertenecientes a la reserva establecida por el artículo 6° de dicha Ley, en el ámbito del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL homologado por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios.

Que mediante la Resolución RESOL-2018-32-APN-SECEP#JGM se asignaron SEISCIENTOS DIECINUEVE (619) cargos vacantes y autorizados para su cobertura por el artículo 4° de la Decisión Administrativa N° 338/18 a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

Que a los fines de proceder a su cobertura resulta necesaria la conformación de los Comités de Selección respectivos.

Que por el Decreto N° 801/18 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92), y sus modificatorias, a fin de centralizar las competencias de los mismos en un número menor de Jurisdicciones.

Que, asimismo, se sustituyó el artículo 8° de la Ley de Ministerios, incorporando la figura de las SECRETARÍAS DE GOBIERNO a la conformación organizativa del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que por el Decreto N° 802/18 se creó la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por Decreto N° 958/18 se fijó como uno de los objetivos de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO, el de entender en el diseño, desarrollo e implementación de las carreras administrativas del personal del Estado Nacional.

Que asimismo entre los objetivos asignados a la mencionada SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN se encuentran los de entender en la definición de las políticas de recursos humanos y la de intervenir como Órgano Rector en materia de Empleo Público y como Autoridad de Aplicación e Interpretación de las disposiciones de dicho régimen.

Que mediante la Resolución de la Ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10, modificada por la Resolución Nº 467 del 20 de noviembre de 2012 de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que mediante la Resolución 3-E/2017 de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del Ex - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN se establecieron Cláusulas Transitorias incorporando el instituto de Convocatoria Interna como medida de carácter excepcional con el fin de normalizar las plantas del Estado Nacional y por la cual se indica la intervención del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en los respectivos Comités de Selección.

Que para proceder a la organización de los procesos de selección correspondientes, resulta necesario efectuar la designación de los integrantes del Comité de Selección, conforme con lo establecido por el artículo 29 del Anexo I a la Resolución de la Ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias y por el artículo 88 de las Cláusulas Transitorias que se incorporara al Anexo I mencionado precedentemente, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 1° de la Resolución 3-E/2017 de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del Ex - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de acuerdo con las facultades conferidas por el artículo 29 del Anexo I de la Resolución Nº 39 del 18 de marzo de 2010 de la Ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, el artículo 29 de la Ley N° 25.565 y el Decreto N° 1410 del 3 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnanse como integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de SEISCIENTOS DIECINUEVE (619) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, mediante el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por Resolución Nº 39 del 18 de marzo de 2010 de la Ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, a las personas que se detallan en el Anexo I (DI-2018-60476901-APN-DNM#MI), que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, a solventar los gastos que demande el cumplimiento de las funciones de los integrantes de los Comités de Selección designados por el artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Horacio José García

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/11/2018 N° 89605/18 v. 26/11/2018

Fecha de publicación 26/11/2018