SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución 293/2018
RESOL-2018-293-APN-SSS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2018
VISTO el Expediente Nº 2728/2016, del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y la Resolución Nº 460 del 15 de agosto de 2006 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 460/2006-SSSalud se registró el Estatuto y Reglamento Interno de la COOPERATIVA LIMITADA DE ASISTENCIA MEDICA Y FARMACEUTICA, SERVICIOS ASISTENCIALES Y TURISMO, DEL PERSONAL SUPERIOR DE LA INDUSTRIA DEL CAUCHO Y OTRAS ACTIVIDADES INDUSTRIALES -CAMPSIC- (R.N.O.S. Nº 4-0030-5).
Que por el expediente del VISTO, la citada entidad solicita registren las reformas introducidas a las disposiciones de su Estatuto y Reglamento Interno.
Que a tal efecto, acompaña copia autenticada de las Actas Nº 65 y Nº 1535 a través de las cuales -respectivamente- se deciden y aprueban las modificaciones del Estatuto y Reglamento Interno y se transcriben la totalidad de los artículos sometidos a reforma de ambos cuerpos legales.
Que asimismo, se glosa copia legalizada del Acta Nº 68 a través de la cual se deja sin efecto la reforma del artículo 11 y se reformula la redacción de los artículos 50 y 66 del Estatuto de la entidad.
Que la entidad presentante adjunta copia certificada de las Resoluciones RESFC-2018-2030-APN-DI#INAES y RESFC-2018-2031-APN-DI#INAES del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social -INAES-, por las cuales se aprobaron y registraron las reformas introducidas a los cuerpos normativos de CAMPSIC.
Que la entidad ha dado cumplimiento con los requisitos exigidos por la Ley Nº 20.337 -de Cooperativas- y las modificaciones realizadas se corresponden con las prescripciones legales y reglamentarias en vigor.
Que se adjuntan a fs. 62/76 y 77/86 -respectivamente- un ejemplar del Estatuto y un ejemplar del Reglamento Interno, los cuales receptan las reformas introducidas.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia sin formular observaciones a lo solicitado.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y N° 717 de fecha 12 de septiembre de 2017.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- REGISTRASE las reformas introducidas al Estatuto y Reglamento Interno de la COOPERATIVA LIMITADA DE ASISTENCIA MEDICA Y FARMACEUTICA, SERVICIOS ASISTENCIALES Y TURISMO, DEL PERSONAL SUPERIOR DE LA INDUSTRIA DEL CAUCHO Y OTRAS ACTIVIDADES INDUSTRIALES -CAMPSIC- (R.N.O.S. Nº 4-0030-5); aprobadas -respectivamente- mediante Resoluciones RESFC-2018-2030-APN-DI#INAES y RESFC-2018-2031-APN-DI#INAES, cuyos textos ordenados obran a fs. 62/76 y 77/86 del Expediente del VISTO.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese y publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase a la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga para constancia en el legajo del Agente del Seguro de Salud y, oportunamente, archívese. Sandro Taricco
e. 28/11/2018 N° 90727/18 v. 28/11/2018
Fecha de publicación 28/11/2018