BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6249/2017
31/05/2017
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular OPASI 2 - 522 “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales”. Plazo para el cierre de cuentas. Adecuación.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“- Sustituir el título y el primer párrafo del punto 4.9. de las normas sobre “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales” por lo siguiente:
“4.9. Cierre de cuentas no operativas
Podrá procederse al cierre de la cuenta en caso de no haber registrado movimientos –depósitos o extracciones realizados por el/los titulares– o no registrar saldo, en ambos casos por 730 días corridos.”
Por otra parte, les hacemos llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia.
Asimismo, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistemas Financiero y de Pagos – MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Matías A. Gutiérrez Girault, Gerente de Emisión de Normas - Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.
ANEXO
El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Opción “Normativa”).
e. 28/11/2018 N° 90748/18 v. 28/11/2018
Fecha de publicación 28/11/2018