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SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO

Resolución 117/2018

RESOL-2018-117-APN-SGT#SGP

Ciudad de Buenos Aires, 21/11/2018

VISTO el Expediente EX-2018-56252008- -APN-SGM#JGM, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, la Ley Nº 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, los Decretos Nros. 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y 6 de fecha 12 de enero de 2018, la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la contratación del Sr. Juan Manuel ARANDA (M.I. Nº 28.232.859) bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación aprobada por el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, destinado a la Dirección Nacional de Prestaciones Turísticas dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO Y PROMOCIÓN TURÍSTICA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Nivel B Grado 1 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P), a partir del 13 de marzo de 2018.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I al Decreto N° 1.421/02, como asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal aprobadas por la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y su modificatoria y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Que la atención del gasto resultante de la contratación alcanzada por esta medida se efectuará con los créditos del Presupuesto del ex MINISTERIO DE TURISMO, aprobado para el Ejercicio 2018 por la Ley N° 27.431 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 6 de fecha 12 de enero de 2018.

Que la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia. Que por el Decreto Nº 802 de fecha 05 de septiembre de 2018 se creó la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO dependiente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la Dirección General de Administración y la Dirección General de Recursos Humanos, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN E INVERSIONES TURÍSTICAS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han tomado la intervención que les compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN E INVERSIONES TURÍSTICAS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por artículo 4º del Decreto Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y sus modificatorios y el Decreto Nº 802 de fecha 5 de septiembre de 2018.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE TURISMO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase a partir del 13 de marzo del 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2018 el contrato del Sr. Juan Manuel ARANDA (M.I. Nº 28.232.859), equiparado a un Nivel B Grado 1, bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación aprobada por el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, con destino a la Dirección Nacional de Prestaciones Turísticas dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO Y PROMOCIÓN TURÍSTICA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 53 – ex MINISTERIO DE TURISMO para el corriente ejercicio.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE en orden a lo dispuesto por el Artículo 8° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO y archívese. José Gustavo Santos

e. 29/11/2018 N° 91038/18 v. 29/11/2018

Fecha de publicación 29/11/2018