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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MONUMENTO HISTÓRICO NACIONAL

Decreto 1084/2018

DECTO-2018-1084-APN-PTE - Declaración.

Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-55647225-APN-CGD#MECCYT, por el que se propone la declaratoria como Monumento Histórico Nacional a la EMBAJADA DE LA REPÚBLICA ITALIANA (ex RESIDENCIA ALVEAR - ORTIZ BASUALDO) y su jardín, y

CONSIDERANDO:

Que la actual sede de la Embajada de la REPUBLICA ITALIANA fue propiedad de Federico DE ALVEAR y de su esposa, Feliza ORTIZ BASUALDO.

Que el proyecto del edificio en sus líneas generales fue diseñado por Federico DE ALVEAR, con la asistencia de un arquitecto dedicado a desarrollar aspectos técnicos y constructivos.

Que el edificio se implanta dentro del terreno y está apoyado en la medianera, rodeado de un amplio jardín.

Que la fachada principal se encuentra jerarquizada por su posición, alejada del portón de acceso y de la avenida.

Que dicho espacio es tratado como una combinación de patio de honor y camino dentro del jardín, todo lo cual otorga a la construcción una apariencia de “hotel particulier” y, a la vez, de “villa”.

Que el conjunto se completa con una reja perimetral, un portón de acceso de imponente presencia y un pabellón de portería.

Que el edificio, un pabellón aislado como una villa rodeada de jardines, se estructura de manera tradicional en CUATRO (4) niveles: un subsuelo semihundido, planta baja, primer piso y mansarda.

Que el estilo elegido se inspira en la arquitectura francesa de mediados del Siglo XVIII.

Que la fachada principal recrea las líneas del Hôtel de Biron, construido hacia 1730 por Jacques Ange GABRIEL y Jean AUBERT para el financista Peyrenc DE MORAS y sede actual del MUSEO RODIN de la Ciudad de PARÍS, REPÚBLICA FRANCESA.

Que los interiores, si bien responden a una arquitectura inspirada en el Siglo XVIII francés, presentan una disposición particular que no coincide con las secuencias y articulaciones espaciales propias de la arquitectura recreada.

Que el Palacio ALVEAR resume una época en que las residencias de la ciudad de BUENOS AIRES evolucionaban hacia una heterodoxia en la emulación de los modelos franceses consagrados, apareciendo criterios de disposición y confort de inspiración inglesa y cierto espíritu italiano en la relación entre salones interiores y jardines circundantes.

Que cuenta con catalogación singular y un nivel de protección estructural.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS aconseja su declaratoria.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la Secretaría de Gobierno de Cultura del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA ha tomado debida intervención.

Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por el artículo 1° ter, inciso b) de la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Declárase al Monumento Histórico Nacional edificio sede de la EMBAJADA DE LA REPÚBLICA ITALIANA (ex RESIDENCIA ALVEAR - ORTIZ BASUALDO) y su jardín, delimitada por la Avenida DEL LIBERTADOR Nros. 2100/2096, y la calle BILLINGHURST Nros. 2577/2583/2589, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (Datos Catastrales: Circunscripción 19, Sección 15, Manzana 55, Parcela 13a).

ARTÍCULO 2°.- La COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos en la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, en su reglamentación y en las normas complementarias, debiendo practicar las inscripciones correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Alejandro Finocchiaro

e. 03/12/2018 N° 91719/18 v. 03/12/2018

Fecha de publicación 03/12/2018