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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 929/2018

RESOL-2018-929-APN-ANAC#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-57074395-APN-ANAC#MTR, del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), el Código Aeronáutico de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que la Empresa INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL (S.A.C.) solicitó la autorización y capacitación de personal de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA (PSA) para la realización de operaciones en plataforma y servicio de rampa, ante la eventual existencia de necesidades extremas que pudieren surgir durante la Cumbre del G20 que se llevará a cabo entre los días 30 de noviembre y 1° de diciembre del corriente año en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que el Decreto N° 2.145 de fecha 20 de marzo de 1973 caracteriza a la actividad que se presta en los aeropuertos y aeródromos públicos, vinculada directa o indirectamente a la aeronavegación, como un servicio público esencial para la seguridad y desarrollo de la aviación civil, cuya responsabilidad está a cargo del Estado Nacional.

Que a fin de garantizar la continuidad del servicio público, el Estado debe arbitrar todos los medios que resulten necesarios y conducentes, considerando las particulares circunstancias que presenta la realización de la Cumbre del G20.

Que, asimismo, es preciso implementar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los líderes mundiales que visitarán nuestro país en ocasión de la Cumbre mencionada.

Que por medio de la RESOL-2018-911-APN-ANAC#MTR de fecha 26 de noviembre de 2018 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) se autorizó al personal de la PSA y de la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) a la realización de operaciones en plataforma y servicio de rampa,

Que por medio de la nota de la Gerencia de Recursos Humanos y Relaciones laborales de la Empresa INTERCARGO S.A.C de fecha 28 de Noviembre de 2018, solicitó la ampliación del personal oportunamente autorizado y acompañó una nueva nómina de agentes.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) de la ANAC, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTyA) de la ANAC ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto 1.770, de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizase al personal de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA (PSA) y de la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) que figura como Anexo GDE N° IF-2018-61862878 -APN-DNSO#ANAC y que forma parte de la presente resolución a desempeñar funciones en plataforma y prestar servicios de rampa, ante la presentación de circunstancias excepcionales que así lo requieran.

ARTÍCULO 2º.- La autorización se extiende por el plazo máximo de TREINTA (30) días contados a partir de la firma de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º.- Instrúyase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) a emitir las autorizaciones especiales y cualquier otra constancia y/o documento que resulte necesario para el desempeño del personal contenido en el Anexo en los términos del Artículo 1°.

ARTÍCULO 4°.- En caso de que el personal listado en el Anexo quiera optar por la obtención del Certificado de competencia para la Prestación de Servicio de Rampa deberá dar cumplimiento con la totalidad de los requisitos contemplados en la Subparte M de la Parte 65 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), normas concordantes y complementarias con anterioridad al vencimiento de la vigencia de la autorización conferida en el Artículo 1°.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL y cumplido archívese. Tomás Insausti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/12/2018 N° 91660/18 v. 03/12/2018

Fecha de publicación 03/12/2018