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MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO

Resolución 218/2018

RESOL-2018-218-APN-SGTYE#MPYT - Reconócese al Sindicato Único de Trabajadores de Remises y Autos al Instante.

Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2018

VISTO:

El Expediente N° 1.646.461/14 del registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551, modificada por Leyes N° 25.674, N° 26.390; Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE REMISES Y AUTOS AL INSTANTE, con domicilio en L. de la Torre N° 56, Quilmes, Provincia de BUENOS AIRES, solicita la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial.

Que la mencionada entidad obtuvo Personería Gremial otorgada por Resolución N° 478 de fecha 18 de junio de 2012 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se halla registrada bajo el N° 1850.

Que por Resolución N° 934 de fecha 8 de septiembre de 2014 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL se aprueba el Estatuto Social en cuyo texto se encuentra reconocido en forma estatutaria como zona de actuación todo el país.

Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el Artículo 21 inciso “b” de la Ley N° 23.551 y el Artículo 19 del Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los Artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

Que obra dictamen favorable de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales aconsejando otorgar la ampliación de zona de actuación con carácter de Inscripción Gremial en base a la representatividad acreditada.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 2 bis inc. 41), de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N° 802/18.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Reconócese al SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE REMISES Y AUTOS AL INSTANTE la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial para agrupar a los trabajadores que se desempeñen en relación de dependencia en empresas que presten servicios de remisería; con zona de actuación en Necochea, Lobería, San Nicolás, Chascomús, Chivilcoy, Punta Alta y Bahía Blanca de la Provincia de BUENOS AIRES; Timbúes, Arroyo Seco, Santo Tomé, Rosario, Fray Luis Beltrán y Villa Guillermina de la Provincia de SANTA FE; San Miguel de Tucumán, Yerba Buena y Los Pocitos de la Provincia de TUCUMÁN; San Salvador de Jujuy de la Provincia de JUJUY; Godoy Cruz, Villanueva, Rodríguez Peña, Villa Hipódromo y Vistalba de la Provincia de MENDOZA; Puerto Madryn y Trevelín de la Provincia de CHUBUT. Ello sin perjuicio de los recaudos que pueda exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los Artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto Jorge Triaca

e. 04/12/2018 N° 91685/18 v. 04/12/2018

Fecha de publicación 04/12/2018