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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 391/2018

RESOL-2018-391-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 06/08/2018

VISTO el Expediente Nº 1.747.401/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 8/8 vta. del Expediente N° 1.747.401/16 obra agregado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL VIDRIO Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, y la empresa SAINT-GOBAIN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2.004).

Que mediante dicho Acuerdo las partes pactan el pago por única vez de una gratificación extraordinaria, de carácter no remunerativo, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 408/05, conforme los detalles allí impuestos.

Que en relación a la suma pactada, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es exclusivamente de origen legal.

Que consecuentemente, cabe dejar expresamente sentado que los pagos que, en cualquier concepto, sean acordados en favor de los trabajadores tendrán el carácter que les corresponda según lo establece la legislación laboral y su tratamiento a los efectos previsionales será el que determinan las leyes de seguridad social.

Que se deja constancia que el precitado convenio fue renovado por el Convenio Colectivo de Trabajo N° 683/14.

Que el ámbito de aplicación del referido instrumento se corresponde con la actividad de la empleadora signataria, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical, emergentes de su Personería Gremial.

Que respecto de la enunciación de trabajadores identificados en el acuerdo de marras, se hace saber a las partes que no resulta materia de homologación, por ser de caracter plurindividual.

Que procede así indicar que se encuentran cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Declárase registrado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL VIDRIO Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, y la empresa SAINT- GOBAIN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, obrante a fojas 8/8 vta. del Expediente N° 1.747.401/16, conforme lo previsto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del registro del instrumento obrante a fojas 8/8 vta. del Expediente N° 1.747.401/16.

ARTICULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda conjuntamente con el legajo del Convenio Colectivo de Trabajo N° 683/14.

ARTICULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo registrado, y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/12/2018 N° 91322/18 v. 04/12/2018

Fecha de publicación 04/12/2018