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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 475/2018

RESOL-2018-475-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2018

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98; lo establecido en la Norma AR 7.11.1: “Permisos Individuales para Operadores de Equipos de Gammagrafía Industrial”, Revisión 3; los trámites de Permisos Individuales correspondientes al Listado N° 898, recomendados por el CAAR en su Acta N° 5/18, Aplicaciones Industriales; lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS; lo recomendado por el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio. Asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que el Señor Bruno Eduardo SCHOLZ ha presentado la documentación para la renovación de su permiso individual para el propósito “OPERACIÓN DE EQUIPOS DE GAMMAGRAFÍA INDUSTRIAL” y la solicitud para un nuevo Permiso Individual para el propósito “IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN Y VENTA PARA GAMMAGRAFÍA INDUSTRIAL”.

Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), en su Reunión N° 8/17 –Listado 882, Aplicaciones Industriales– indicó que la documentación para la Renovación del Permiso para la “Operación de Equipos de Gammagrafía Industrial” se encontraba incompleta y que para obtener el “Permiso de Importación, Exportación y Venta para Gammagrafía Industrial”, debería tener vigente el “Permiso de Operación de Equipos de Gammagrafía Industrial”.

Que la Norma AR 7.11.1: “Permisos Individuales para Operadores de Equipos de Gammagrafía Industrial”, Revisión 3 establece para la Renovación de un Permiso Individual dentro del año posterior a la fecha de su vencimiento, la realización de un mínimo de DIEZ (10) Operaciones de Gammagrafía Industrial durante un lapso no menor de UN (1) mes bajo la supervisión de un Preceptor propuesto por el solicitante a satisfacción de la Autoridad Regulatoria Nuclear.

Que en cumplimiento con lo establecido en la Norma anteriormente mencionada, el Señor Bruno Eduardo SCHOLZ presentó un informe del preceptor de las prácticas realizadas.

Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), en su Reunión N° 5/18 –Listado 898, Aplicaciones Industriales recomendó– para el caso de la renovación del Permiso para la operación de equipos de gammagrafía industrial, solicitó los informes dosimétricos de todo el período en que realizó las prácticas y reiteró que para obtener el permiso de importación, exportación y venta para gammagrafía industrial, se debe tener vigente el de operación de equipos de gammagrafía industrial.

Que conforme las opiniones vertidas por la ACTIVIDAD LICENCIAMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE II Y III, el Señor Bruno Eduardo SCHOLZ completó la documentación necesaria para la renovación del Permiso Individual para el propósito “Operación de Equipos de Gammagrafía Industrial”, incluyendo el período de prácticas por vencimiento de Permiso estipuladas en la normativa vigente, por lo tanto propone otorgar la Renovación del mencionado Permiso Individual.

Que con relación al Permiso nuevo para el propósito “Importación, Exportación y Venta para Gammagrafía Industrial” la ACTIVIDAD LICENCIAMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE II Y III considera que la documentación obrante en el Expediente cumple con lo requerido y que el Señor Bruno Eduardo SCHOLZ acredita antecedentes profesionales suficientes para la obtención del mencionado Permiso, por lo tanto recomienda otorgar el Permiso Individual para dicho propósito.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha verificado que se haya dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos para la tramitación de las solicitudes mencionadas, y presta conformidad a lo recomendado por la ACTIVIDAD LICENCIAMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE II Y III.

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de esta ARN han tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los Artículos 16, Inciso c) y 22 de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 21 de noviembre de 2018 (Acta N° 42),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Otorgar los Permisos Individuales al Señor Bruno Eduardo SCHOLZ, detallados a continuación, correspondientes a la Reunión del CAAR N° 5/18, Listado 898, Aplicaciones Industriales:

Expte N°Permisos Individuales RenovadosPropósitoAct N°
05845-INSCHOLZ BRUNO EDUARDO9.0-OPERACIÓN DE EQUIPOS DE GAMMAGRAFÍA INDUSTRIAL03
05845-INSCHOLZ BRUNO EDUARDO6.2.3-IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN Y VENTA PARA GAMMAGRAFÍAINDUSTRIAL02

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y al Señor Bruno Eduardo SCHOLZ a través de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese. Nestor Alejandro Masriera

e. 05/12/2018 N° 92203/18 v. 05/12/2018

Fecha de publicación 05/12/2018