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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 36/2018

DI-2018-36-APN-DNRYRT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 20/11/2018

VISTO el Expediente Nº 1.738.590/16 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la RESOL-2017-117-APN-SECT#MT y la DI-2017-471-APN-DNREGT#MT, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 17/17 vta del Expediente Nº 1.738.590/16, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA), por el sector sindical y la empresa MENDOZA CENTRAL ENTRETENIMIENTOS SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1428/15 “E” conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el precitado acuerdo fue oportunamente homologado por la RESOL-2017-117-APN-SECT#MT y registrado bajo el Nº 104/17, conforme surge de fojas 36/37 y 39, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a tal efecto, mediante el IF-2017-19137669-APN-DNL#MT, se solicitó a las partes la presentación de las escalas salariales correspondientes al Acuerdo N° 104/17.

Que a fojas 53/55 del Expediente N° 1.738.590/16, las partes acompañan y ratifican las escalas salariales, cumplimentando lo requerido

Que mediante la DI-2017-471-APN-DNREGT#MT se fijó el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio con vigencia desde el 1° de noviembre de 2015, 1° de enero de 2016 y 1° de agosto de 2016, correspondiente al Acuerdo N° 377/16 homologado por la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 338 del 31 de mayo de 2016.

Que atento a que las partes en el Acuerdo N° 104/17 han modificado la escala salarial a partir de agosto de 2016, deviene necesario actualizar los montos de los promedios de las remuneraciones anteriormente fijados y de los respectivos topes indemnizatorios que surgen del mismo, por los nuevos importes que se detallan en el Anexo de la presente.

Que, cabe destacar que la DI-2017-471-APN-DNREGT#MT, conserva su eficacia y demás efectos en aquello que no resulte modificado por el presente acto.

Que a fojas 69/72, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría por el cual se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Decisión Administrativa Nº 296 del 9 de marzo de 2018 y la RESOL-2018-47-APN-SGTYE#MPYT.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto el importe del promedio de las remuneraciones con vigencia desde el 1° de agosto de 2016 fijado por la DI-2017-471-APN-DNREGT#MT y el tope indemnizatorio resultante, correspondiente al Acuerdo N° 377/16, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA), por el sector sindical y la empresa MENDOZA CENTRAL ENTRETENIMIENTOS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora.

ARTÍCULO 2º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la RESOL-2017-117-APN-SECT#MT y registrado bajo el Nº 104/17 suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA), por el sector sindical y la empresa MENDOZA CENTRAL ENTRETENIMIENTOS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO IF-2018-59842765-APN-DNRYRT#MPYT , forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que el Departamento de Coordinación tome conocimiento de la presente medida en relación con el promedio de remuneraciones fijado por la DI-2017-471-APN-DNREGT#MT, y el tope indemnizatorio resultante, correspondiente al Acuerdo N° 377/16 y homologado por la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 338 del 31 de mayo de 2016 y registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto.

ARTÍCULO 4º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda correspondiente.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Mercedes Margarita Gadea

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/12/2018 N° 92158/18 v. 07/12/2018

Fecha de publicación 07/12/2018