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6 de Octubre de 2016

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Legislación y Avisos Oficiales
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SECRETARÍA DE COMERCIO Y SECRETARÍA DE INDUSTRIA

Resolución Conjunta 10/2018

RESFC-2018-10-APN-SECC#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2017-27655161- -APN-DE#MP, y

CONSIDERANDO:

Que la firma AXION ENERGY ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, C.U.I.T. Nº 30-50691900-9, ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de “Grandes Proyectos de Inversión” conforme a la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, 424 de fecha 31 de agosto de 2016 y 432 de fecha 11 de septiembre de 2017 ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que la mencionada normativa, así como la Resolución N° 204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, y sus modificatorias, establecen los requisitos que debe cumplir la peticionante para acceder a los beneficios del Régimen respectivo.

Que luego de iniciado el trámite por la firma AXION ENERGY ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, esta ha informado la transferencia de la totalidad del fondo de comercio a PAN AMERICAN ENERGY LLC SUCURSAL ARGENTINA, C.U.I.T. N° 30-69554247-6, quién ha asumido la responsabilidad de la totalidad de las operaciones y obligaciones de la iniciante, solicitando, expresamente, la transferencia del expediente iniciado, así como todos los activos adquiridos bajo el presente Régimen.

Que, conforme al Artículo 7º de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Autoridad de Aplicación, ante la comunicación expresa por parte de la beneficiaria de enajenación parcial o total de la empresa, resolverá por excepción su autorización mediante resolución, solo si los cambios operados, no afectan la continuidad del proyecto oportunamente aprobado.

Que, para tal caso, la peticionante ha informado con fecha 27 de febrero de 2018 que la transferencia en cuestión tendría lugar para el día 1 de abril del mismo año.

Que conforme a lo expuesto, se aportó oportunamente la documentación de la operación y se ha verificado que los cambios realizados no afectan la continuidad del proyecto, por lo que en adelante el proyecto será llevado a cabo y quedará bajo la responsabilidad y titularidad de la firma PAN AMERICAN ENERGY LLC SUCURSAL ARGENTINA.

Que los bienes a importar forman parte de un proyecto destinado a la instalación de UNA (1) línea de producción nueva, completa y de hidrodesulfurización, conforme al Artículo 2° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que los bienes mencionados en el Artículo 1° de la presente resolución, han sido instalados en el predio declarado por la empresa en las actuaciones indicadas en el Visto.

Que la empresa obtuvo el Certificado de Trámite Nº 486 emitido con fecha 20 de abril de 2018, con base en lo dispuesto en el Artículo 17 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, a fin de poder realizar las operaciones de importación al amparo del citado Régimen.

Que asimismo la firma importó a través del Régimen General UN (1) Reactor DH-R-70, el cual forma parte de la línea de producción, y, por ende, queda alcanzado por las restricciones previstas por el citado Régimen y deberá ser debidamente auditado en la oportunidad que prevé la normativa en cuestión.

Que la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL – Facultad Regional Avellaneda ha intervenido desde el punto de vista técnico en el análisis del proyecto, opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación vigente.

Que conforme al Artículo 16 de la Resolución N° 204/00 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, la Dirección Nacional de Industria de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, y la Dirección Nacional de Facilitación del Comercio de la SECRETARÍA DE COMERCIO, ambas del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, han analizado el proyecto de manera conjunta, emitiendo un dictamen del cual surge que la línea importada encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, modificada por las Resoluciones Nros. 1.089/00, 8/01 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 216/03 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, 424/16 y 432/17 ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, determinando procedente la solicitud de la firma PAN AMERICAN ENERGY LLC SUCURSAL ARGENTINA conforme a las disposiciones del Régimen referido.

Que la firma PAN AMERICAN ENERGY LLC SUCURSAL ARGENTINA declara bajo juramento que no está ingresando al país bienes o componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la Ley Nº 24.051 de Residuos Peligrosos y sus modificaciones, y de la Ley Nº 24.040 de Compuestos Químicos.

Que conforme al Artículo 5° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, la empresa deberá adquirir bienes de uso nuevos de origen local por un monto igual o superior al VEINTE POR CIENTO (20 %) del valor total de aquellos bienes nuevos importados al amparo del presente Régimen. Tal obligación deberá cumplirse desde la presentación de la solicitud del beneficio ante la Autoridad de Aplicación y hasta el plazo máximo de DOS (2) años posteriores a la fecha de emisión del Certificado de Trámite N° 486/18.

Que de acuerdo a los Artículos 14 de la resolución citada en el considerando precedente, 19 y 19 bis de la Resolución N° 204/00 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, el proyecto aprobado deberá ser objeto de una auditoría a realizarse una vez que hayan expirado todos los plazos previstos para el cumplimiento de los compromisos adoptados por la empresa beneficiaria derivados del mencionado Régimen.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, y el Artículo 8º de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Por ello,

LA SECRETARIA DE COMERCIO

Y

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase la transferencia de la totalidad de los bienes pertenecientes a la firma AXION ENERGY ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, C.U.I.T. Nº 30-50691900-9, a la firma PAN AMERICAN ENERGY LLC SUCURSAL ARGENTINA, C.U.I.T. N° 30-69554247-6, a los efectos del Régimen de Importación de Bienes Integrantes de “Grandes Proyectos de Inversión” establecido por la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, acorde a los términos estipulados en el Artículo 7º de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, resultando esta última responsable de todas las obligaciones y responsabilidades asumidas en principio por la firma AXION ENERGY ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA.

ARTÍCULO 2º.- Considérase sujeta a lo establecido por la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, 424 de fecha 31 de agosto de 2016 y 432 de fecha 11 de septiembre de 2017 ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, para la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma PAN AMERICAN ENERGY LLC SUCURSAL ARGENTINA destinado a la instalación de UNA (1) línea de producción nueva, completa y autónoma de hidrodesulfurización, cuya descripción de bienes se detallan a continuación:

Nº DE ORDENDESCRIPCIÓN DE LA MERCADERÍACANTIDAD (unidades)
1ANTORCHA - HC/AC - MARCA: CALLIDUS
DESCRIPCIÓN: Equipo con dos conductos uno para corrientes ácidas y otro para hidrocarburos donde se queman los efluentes de los sistemas de alivio de la planta con una altura total de 60m. Incluye todos las partes para el correcto funcionamiento del equipo (tips con quemadores, pilotes, sistema de ignición)
UNA (1)
2GABINETES DE CONTROL DE PROCESOS Y SISTEMA DE SEGURIDAD (RIE-10) –
MARCA: HONEYWELL
DESCRIPCIÓN: prearmado, precableado, probado previamente y completamente integrado con distribución de potencia y capacidad suficiente de entrada / salida (E / S). Es completamente redundante, presurizado y purificado con aire, necesario para el funcionamiento del equipo del sistema de control. Dimensiones: 15.2 m de largo x 7.55 m de ancho x 4.2m de alto
UNA (1)
3BANCO DE BATERÍAS PARA UPS - MARCA: ENERSYS
DESCRIPCIÓN: conjunto de baterías de 360 Watts
OCHENTA (80)
4MUEBLE / SOPORTE / ESTANTE PARA BATERÍAS DE UPS (SISTEMA DE ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA) - MARCA: HONEYWELL
DESCRIPCIÓN: Estantería para baterías del sistema de alimentación ininterrumpida. Dimensiones: 2m de largo x 70 cm de ancho x 1m de alto
DOS (2)
5UPS (SISTEMA DE ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA) – MARCA: HONEYWELL
DESCRIPCIÓN: es un dispositivo que, gracias a sus baterías u otros elementos almacenadores de energía, puede proporcionar energía eléctrica por un tiempo limitado y durante un apagón eléctrico a todos los dispositivos que tenga conectados. Detalle técnico: de 70kVA pueden abastecer de forma ininterrumpida durante un tiempo de 24h.
DOS (2)
6TABLERO DE CONMUTACIÓN – MARCA: HONEYWELL
DESCRIPCIÓN: Tablero que contiene todo el sistema de conmutación de las corrientes de las UPS. Transforma corriente continua de 24V de las baterías a 110 VAC para los equipos conectados a este.
DOS (2)
7GABINETES DE CONTROL DE PROCESOS Y SISTEMA DE SEGURIDAD (RIE-11) - MARCA: HONEYWELL
DESCRIPCIÓN: prearmado, precableado, probado previamente y completamente integrado con distribución de potencia y capacidad suficiente de entrada / salida (E / S). Es completamente redundante, presurizado y purificado con aire, necesario para el funcionamiento del equipo del sistema de control. Dimensiones: 15.2 m de largo x 7.55 m de ancho x 4.2m de alto
UNA (1)
8Tablero para control o distribución de energía eléctrica – MARCA: HONEYWELL
DESCRIPCIÓN: Tablero de alimentación general donde se conectan 380 VAC de la subestación y se distribuye a 110 VAC y 220 VAC
VEINTICUATRO (24)
9Consola de operación – MARCA: HONEYWELL – ORION
DESCRIPCIÓN: son unos muebles (tipo escritorios) con monitores, donde van a operar la planta los operadores. Contiene monitores de 50” montados sobre escritorios de 1.8m de ancho x 1m de alto para visualización del proceso
CUATRO (4)
10Aparato para control automático de procesos industriales – MARCA: HONEYWELL
DESCRIPCIÓN: gabinetes del sistema de control. Consiste de PLCs, con sus tarjetas de entrada y salida en un gabinete que manejan 4-20mA y digitales de 24 VDC. Dimensiones: 2.34 m de alto x 1 m de ancho x 1 m de largo
CUATRO (4)
11Aparato para procesamiento de datos - MARCA: HONEYWELL – EXPERION
DESCRIPCIÓN: Servidores para procesamiento de datos
QUINCE (15)
12Gabinete vacío para instalarle equipos de control eléctrico.- MARCA; HONEYWELL
DESCRIPCIÓN: Gabinetes vacíos con disposición prediseñada para instalarle equipos de control eléctrico y tarjetas de entrada y salida de 24 VDC y 4-20 mA. Dimensiones: 2.34 m de alto x 1 m de ancho x 1 m de largo
TRES (3)
13Impresoras Láser – MARCA: HONEYWELL
DESCRIPCIÓN: Impresora láser alimentada con 220 VAC con capacidad de imprimir hojas con resolución 600 dpi
TRES (3)
14Aparato de comunicación para conmutación de datos en redes.- MARCA: HONEYWELL
DESCRIPCIÓN: Consiste de switchs que cumplen la función de conmutación de datos en las redes. Se centralizan comunicaciones de red UTP con conector RJ485. Dimensiones: 0.6 m de largo x 0.6 m de ancho x 0.5m de alto
CUATRO (4)
15Combinación de máquinas destinada a la depuración de hidrógeno compuesta por: recipiente de acero con separador de gotas incorporado, eyector, tuberías y accesorios de interconexión, instrumentos de medición y control, tableros de control y distribución de energía eléctrica y estructura metálica de soporte con plataformas y escaleras de acceso. MARCAS: SIAD Y LE VIDE INDUSTRIEL
DESCRIPCIÓN: Los principales equipos son: (i) un recipiente vertical de 2,5 metros de altura y 1,1 metros de diámetro cuya función es remover las gotas de líquido que acarrea el gas de manera de proteger el compresor. El recipiente es de acero al carbono (KCS). El equipo no posee ningún dispositivo de calentamiento ni enfriamiento. Volumen del acumulador: 2,2 m3 y (ii) un dispositivo sin partes móviles que genera el vacío necesario en la succión de los Compresores de Gas de Reciclo. El mismo opera a P =11 kg/cm2g y T = 285 °C. El material de la conexión del eyector es acero inoxidable, el material de la caja de vapor es acero al carbono y tanto la cámara de aspiración como el difusor son de acero al carbono.
UNA (1)
16Combinación de máquinas destinada a la compresión de hidrógeno compuesta por: compresores de gas, tuberías y accesorios de interconexión, instrumentos de medición y control, tableros de control y distribución de energía eléctrica y estructura metálica de soporte con plataformas y escaleras de acceso - MARCA: SIAD Y LE VIDE INDUSTRIEL
DESCRIPCIÓN: Los principales equipos son dos compresores (uno en operación otro en spare) cuya función es elevar la presión de la corriente de gas de hidrógeno recuperado desde 62 kg/cm2a a 84 kg/cm2 para re inyectarlo a la corriente de alimentación previo a su calentamiento y también en el Reactor 2. El conjunto de máquinas está compuesto por: filtros de aspiración, compresor alternativo, motores eléctricos, intercambiador de calor tipo coraza y tubo, sistema de lubricación de aceite (consola de aceite) y sistema de refrigeración de agua (consola de agua). Material: las partes externas del conjunto de máquinas (carcazas) son de acero al carbono y las internas son de acero inoxidable (a confirmar).
DOS (2)
17Combinación de máquinas destinada a la estabilización y separación de naftas compuesta por: aparato separador de tres fases (hidrocarburos, aguas agrias y gas), de acero al carbono, provisto de internos de acero al carbono, aparato separador de dos fases, hidrocarburo en estado líquido y agua, de acero al carbono, provisto de internos de acero al carbono, bombas centrifugas, aeroenfriadores, intercambiadores de calor; torre debutanizadora; torre separadora de nafta; aparato hervidor; reactores de remoción de azufre; sensores, tuberías y accesorios de interconexión, instrumentos de medición y control, tableros de control y distribución de energía eléctrica, y estructura metálica de soporte con plataformas y escaleras de acceso.- MARCAS: JUTAL / MORIMATSU / KOCH HEAT TRANSFER / MILTON ROY
DESCRIPCIÓN: Los principales equipos son: (i) reactores en serie que remueven compuestos de azufre de la nafta pesada de acero al carbono con internos de acero inoxidable, (ii) torre de acero al carbono donde se produce la separación del butano y livianos por el tope y nafta estabilizada por el fondo, (iii) torre de acero al carbono donde se produce la separación de la nafta estabilizada en nafta liviana y nafta pesada, (iv) recipientes horizontales de acero al carbono donde se separan los condensados de las torres, (v) intercambiadores de calor de coraza y tubos de acero al carbono para enfriamiento y calentamiento de varias corrientes del sistema, y (vi) bombas de diafragma de caudal inferior a 18 m3/h, operan a P = 0,05 kg/cm2g y T = 39 °C.
UNA (1)
18Combinación de máquinas destinada al acondicionamiento de las corrientes de entrada al proceso compuesta por: aparato separador de dos fases, hidrocarburo en estado líquido y agua, de acero al carbono; aparato de acumulación de hidrocarburos, de acero al carbono; bombas centrifugas; intercambiadores de calor; filtros; sensores, tuberías y accesorios de interconexión, instrumentos de medición y control, tableros de control y distribución de energía eléctrica, y estructura metálica de soporte con plataformas y escaleras de acceso.- MARCAS: JUTAL / MORIMATSU / KOCH HEAT TRANSFER / FILTREX SRL
DESCRIPCIÓN: Los principales equipos son: (i) torre de acero al carbono donde se produce la separación del gas combustible y nafta no estabilizada por el tope y diesel a fraccionamiento por el fondo, (ii) recipientes horizontales de acero al carbono donde se separan los condensados y fluidos de retrolavado de filtros, (iii) intercambiadores de calor de coraza y tubos de acero al carbono para enfriamiento y calentamiento de varias corrientes del sistema, y (iv) filtros para eliminar sólidos y otros contaminantes que pudieran contener las corrientes de alimentación
UNA (1)
19Combinación de máquinas destinada al fraccionamiento de hidrocarburos compuesta por: aparato separador de tres fases (hidrocarburos, aguas de lavado y gas),; aparato de acumulación de agua de lavado, de acero al carbono; bombas centrifugas; sensores, tuberías y accesorios de interconexión, instrumentos de medición y control, tableros de control y distribución de energía eléctrica, y estructura metálica de soporte con plataformas y escaleras de acceso - MARCAS: JUTAL / MORIMATSU / SUNDYNE
DESCRIPCIÓN: Los principales equipos son: (i) torre de acero al carbono donde se produce la separación de nafta no estabilizada por el tope y diesel producto por el fondo, (ii) recipientes horizontales de acero al carbono donde se separan los condensados y agua de lavado, y (iii) bombas centrífugas de caudal superior a 18 m3/h, opera a P = 0,7 kg/cm2g y T = 40 °C.
UNA (1)
20Aparato separador de dos fases de hidrocarburos en estado líquido y gaseosos, tuberías y accesorios de interconexión, instrumentos de medición y control, tableros de control y distribución de energía eléctrica y estructura metálica de soporte con plataformas y escaleras de acceso - MARCA: JUTAL
DESCRIPCIÓN: El principal equipo es un recipiente horizontal que separa el condensado de la corriente de gas enviado a antorcha
UNA (1)
21Combinación de máquinas destinada al movimiento de fluidos provenientes de la etapa de fraccionamiento e inyección de agua de lavado compuesta por: bombas centrifugas; bombas de diafragma; sensores, tuberías y accesorios de interconexión, instrumentos de medición y control, tableros de control y distribución de energía eléctrica, y estructura metálica de soporte con plataformas y escaleras de acceso - MARCA: MILTON ROY
DESCRIPCIÓN: Los principales equipos son bombas de diafragma de caudal inferior a 18 m3/h, opera a P = 0,65 kg/cm2g y T = 84 °C
UNA (1)
22Combinación de máquinas destinada a la depuración de hidrógeno compuesta por: recipiente de acero con separador de gotas incorporado, intercambiador de calor, tuberías y accesorios de interconexión, instrumentos de medición y control, tableros de control y distribución de energía eléctrica y estructura metálica de soporte con plataformas y escaleras de acceso - MARCA: JUTAL
DESCRIPCIÓN: Los principales equipos son: (i) un recipiente vertical cuya función es remover las gotas de líquido que acarrea el gas de manera de proteger el compresor, y (ii) un intercambiador de calor de coraza y tubos donde se produce el enfriamiento de la corriente de gas “spillback” utilizada para controlar la presión en el Acumulador de Succión del Compresor de Gas de Reposición desde 76°C a 40°C, utilizando agua de enfriamiento
UNA (1)
23Combinación de máquinas destinada a la compresión de hidrógeno de reposición compuesta por: compresores de gas, tuberías y accesorios de interconexión, instrumentos de medición y control, tableros de control y distribución de energía eléctrica y estructura metálica de soporte con plataformas y escaleras de acceso - MARCA: SIAD
DESCRIPCIÓN: Los principales equipos son dos compresores cuya función es elevar la presión de la corriente de gas de hidrógeno de reposición desde 53 kg/cm2a a 84 kg/cm2 para inyectarlo a la corriente de alimentación previo a su calentamiento y también en el Reactor 2.
DOS (2)
24Combinación de máquinas destinada a la depuración de los gases combustibles y estabilización de hidrocarburos previo al fraccionamiento de los mismos compuesta por: torre de acero al carbono con internos de acero inoxidable, bombas centrifugas; bombas de diafragma; intercambiadores de calor; aparatos separadores de tres fases; sensores, tuberías y accesorios de interconexión, instrumentos de medición y control, tableros de control y distribución de energía eléctrica, y estructura metálica de soporte con plataformas y escaleras de acceso - MARCAS: SIAD / JUTAL / MILTON ROY
DESCRIPCIÓN: Los principales equipos son: (i) recipientes horizontales de acero al carbono donde se separan diversas corrientes con mezcla de gases, hidrocarburos y corrientes acuosas y oleosas, (ii) intercambiadores de calor de coraza y tubos de acero al carbono para enfriamiento y calentamiento de varias corrientes de la planta, y (iii) bombas de diafragma de caudal inferior a 18 m3/h, opera a P = 0,05 kg/cm2g y T = 39 °C. Se utiliza para la inyección de inhibidor antes del Condensador de Columna Despojadora
UNA (1)
25Combinación de máquinas destinada al calentamiento de la alimentación al reactor y fondo de la etapa de fraccionamiento, acondicionamiento del gas combustible y remoción de azufre de los hidrocarburos compuesta por: hornos; filtros; intercambiadores de calor; reactor; ventiladores; sensores, tuberías y accesorios de interconexión, instrumentos de medición y control, tableros de control y distribución de energía eléctrica, y estructura metálica de soporte con plataformas y escaleras de acceso - MARCAS: WALTER TOSTO / JUTAL / KOCH HEAT TRANSFER / HEURTEY
DESCRIPCIÓN: Los principales equipos son: (i) un reactor con catalizador en su lecho para la remoción de azufre, nitrógeno y la saturación de olefinas presentes en la mezcla de nafta y diesel, de acero aleado e internos de acero inoxidable, (ii) un recipiente vertical de acero al carbono que separa el condensado de la corriente de gas combustible proveniente del colector de distribución, (iii) intercambiadores de calor de coraza y tubos de acero al carbono para enfriamiento y calentamiento de varias corrientes de la planta, y (iv) un horno vertical, cilíndrico, a fuego directo y de dos pasos en la sección radiante, sin sección convectiva, en sus quemadores se quema gas combustible y se calienta la alimentación a los reactores, y (iv) un horno vertical, cilíndrico, a fuego directo y de dos pasos en la sección radiante, dos pasos en la sección convectiva, en sus quemadores se quema gas combustible y se calienta y vaporiza el fondo de la Columna Fraccionadora
UNA (1)
26Combinación de máquinas destinada al enfriamiento de hidrocarburos de la unidad compuesta por: aeroenfriadores; sensores, tuberías y accesorios de interconexión, instrumentos de medición y control, tableros de control y distribución de energía eléctrica, y estructura metálica de soporte con plataformas y escaleras de acceso - MARCAS: HAMON D’HONDT
DESCRIPCIÓN: Los principales equipos son aeroenfriadores (enfriador mediante aire ambiente que circula gracias a un ventilador inducido por un motor eléctrico) que enfría y condensa diversas corrientes de la planta
UNA (1)

ARTÍCULO 3°.- El monto de los bienes sujetos al beneficio de la presente resolución es de un valor FCA de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVENTA Y CUATRO CON VEINTIDÓS CENTAVOS (US$ 3.991.094,22) y FOB de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON DIECINUEVE CENTAVOS (US$ 85.685.155,19) (sin repuestos). Asimismo, a fin de determinar el monto correspondiente a repuestos deberá tenerse en cuenta lo previsto en el Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 4°.- En virtud de lo estipulado en el Artículo 12 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA se otorga el plazo de UN (1) año a partir de la fecha de la emisión de la presente resolución para la importación de los bienes detallados en el primer artículo de la misma y de los repuestos que se importen al amparo del Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias.

ARTÍCULO 5º.- El incumplimiento por parte de la peticionante de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión antes mencionado y/o de las obligaciones establecidas en el Régimen y/o de los límites para importación de repuestos estipulados en el Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA dará lugar a la aplicación de los Artículos 15 y/o 15 bis de la citada resolución. La sanción dispuesta por el Artículo 15 bis de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA será aplicable también en el caso de comprobarse que la peticionante hubiere incurrido en el incumplimiento previsto en el Artículo 6º de la mencionada resolución.

ARTÍCULO 6º.- Infórmese, en los términos de los Artículos 18 y 19 de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, a la Dirección General de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, a los efectos de que proceda a liberar las garantías oportunamente constituidas. Para ello, deberá verificarse el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones a cargo de la interesada, una vez realizados los informes de auditoría en los términos de los Artículos 14 de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y 19 de la Resolución N° 204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 7°.- La peticionante deberá adquirir bienes de uso nuevos de origen local por un monto igual o superior al VEINTE POR CIENTO (20 %) del valor total de aquellos bienes nuevos importados al amparo del presente Régimen, conforme lo establecido en el Artículo 5° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA. Las adquisiciones mencionadas deberán cumplirse desde la presentación de la solicitud del beneficio ante la Autoridad de Aplicación y hasta el plazo máximo de DOS (2) años posteriores a la fecha de emisión del Certificado de Trámite 486 emitido con fecha 20 de abril de 2018.

ARTÍCULO 8º.- A través de la Dirección de Exportaciones, dependiente de la Dirección Nacional de Facilitación del Comercio de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, notifíquese a la firma PAN AMERICAN ENERGY LLC SUCURSAL ARGENTINA.

ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Delia Marisa Bircher - Fernando Félix Grasso

e. 10/12/2018 N° 93609/18 v. 10/12/2018

Fecha de publicación 10/12/2018