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MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO

Resolución 227/2018

RESOL-2018-227-APN-SGTYE#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2018

VISTO:

El Expediente N° 1.746.370/16 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551, modificada por Leyes N° 25.674, N° 26.390, Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que la UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES, con domicilio en Teniente General Juan Domingo Perón N° 1173 Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita la aprobación de la modificación de su estatuto social.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución N° 840 de fecha 23 de diciembre de 1986 del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL se halla registrada bajo el N° 1.420.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el Artículo 7° del Decreto Reglamentario N° 467/88, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551 y su reglamentación, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables, sobre normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que teniendo en cuenta que la envergadura de las modificaciones efectuadas alteran sustancialmente la normativa estatutaria, en atención a principios de concentración, técnica legislativa y economía procesal corresponde aprobar en forma íntegra el estatuto cuyo control se somete en esta instancia.

Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley N° 25.674 y su Decreto Reglamentario N° 514 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que obra dictamen favorable de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, aconsejando la aprobación del Estatuto Social de la Entidad peticionante y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 2 bis inc. 41), de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N° 802/18.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Apruébase la modificación realizada al texto del Estatuto Social de la UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES, con domicilio en Teniente General Juan Domingo Perón N° 1173 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, obrante a fojas 269/405 del Expediente N°1.746.370/16, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551 y Decreto Reglamentario N° 467/88.

ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance meramente estatutario y no podrá ser invocada por la Asociación Sindical peticionante como una ampliación de su representatividad vigente en los términos y con los alcances previstos en la Ley N° 23.551.

ARTICULO 3º.- Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la Asociación Sindical deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el Estatuto en la forma sintetizada que establece la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto Jorge Triaca

e. 11/12/2018 N° 94020/18 v. 11/12/2018

Fecha de publicación 11/12/2018