ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1323/2018
RESOL-2018-1323-APN-ENACOM#JGM ACTA 40 Fecha 26/11/2018
EXPAFSCA 386.00.0/2012
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES RESUELVE: 1.- Aprobar los actos del concurso público número TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS (386), con el objeto de adjudicar TRES (3) licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de TRES (3) servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de GENERAL ALVEAR, provincia de MENDOZA. 2.- Adjudicar a la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD, COMSUMO, COMERCIALIZACIÓN, VIVIENDA, SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, TELEFONIA E INTERNET, SERVICIOS ASISTENCIALES GENERAL ALVEAR LIMITADA – C.E.C.S.A.G.A.L, UNA (1) licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de UN (1) servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, que operará en el canal 251, frecuencia 98.1 MHz, categoría E, en la localidad de GENERAL ALVEAR, MENDOZA. 3.- Rechazar por inadmisible la oferta presentada por la FUNDACIÓN INSTITUTO TECNÓLOGICO UNIVERSITARIO. 4.- El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de DIEZ (10) años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria.5.- El monto de la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la adjudicación, asciende a la suma de PESOS QUINCE MIL CIENTO DIECINUEVE, CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 15.119,92). 6.- Dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días corridos de notificados los actos administrativos de adjudicación, la adjudicataria deberá presentar la documentación técnica. 7.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. El alcance de la licencia adjudicada por el presente, se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 8.- La licenciataria deberá conservar las pautas y objetivos de la propuesta comunicacional expresados por la programación comprometida durante todo el plazo de la licencia. Su modificación será considerada incumplimiento de las condiciones de adjudicación. 9.- Dentro del plazo de TREINTA (30) días de notificada la presente, la licenciataria, deberá regularizar su situación fiscal y previsional ante la AFIP. 10.- La licenciataria deberá constituir una unidad de negocios separada entre la actividad como licenciataria de comunicación audiovisual y las otras actividades, llevando contabilidades separadas para las mismas. 11.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 12.- A solicitud de la licenciataria, se otorgará la señal distintiva correspondiente. 13.- Notifíquese al interesado, comuníquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.
e. 12/12/2018 N° 94873/18 v. 12/12/2018
Fecha de publicación 12/12/2018