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29 de Julio de 2019

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA DEL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA

Se solicita la publicación en el Boletín Oficial -por TRES (3) días- del texto detallado a continuación, a efectos de la notificación de lo dispuesto por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO, mediante Acta Nº 34 de fecha 22 de noviembre de 2018, con relación al buque pesquero “ETERNO SAN JOSE” (M.N. 01493), perteneciente a la firma ETERNO SAN JOSE S.A.

“5.1. Exp. CUDAP S05:0383797/13: Nota SSPyA (25/10/18) elevando a consideración del CFP las actuaciones vinculadas con la inactividad comercial del buque ETERNO SAN JOSÉ (M.N. 1493).

El 8/6/18 la DNCyFP informó al Registro de la Pesca que la última actividad del buque ETERNO SAN JOSÉ (M.N. 01493) finalizó el 17/06/11.

El 12/6/18 se produjo el informe que da cuenta del vencimiento del plazo de 180 días para retornar a la actividad extractiva con fecha 15/12/11, por lo que consideró aplicable el artículo 2° de la Resolución CFP N° 4/10 que tiene prevista la suspensión del despacho a la pesca.

El 14/8/18 la Autoridad de Aplicación suspendió el despacho a la pesca de la embarcación.

El 25/10/18 la Autoridad de Aplicación produjo el informe previsto en la Resolución CFP N° 4/10, del que surge que la última marea con actividad extractiva finalizó el 17/06/11 y que la interesada no se presentó antes del vencimiento del plazo de 180 días fijado en el artículo 28 de la Ley 24.922 y el artículo 1° de la Resolución CFP N° 4/10.

De conformidad con lo informado por la Autoridad de Aplicación, corresponde aplicar el apercibimiento previsto en el artículo 1° de la Resolución CFP N° 4/10.

Por todo lo expuesto, se decide por mayoría, con la abstención del Representante de la Provincia de Buenos Aires, hacer efectivo el apercibimiento previsto en el artículo 1° de la Resolución CFP N° 4/10, y declarar injustificada la inactividad comercial del buque ETERNO SAN JOSÉ (M.N. 01493).

A continuación se instruye a la Coordinación Institucional para que devuelva las actuaciones a la Autoridad de Aplicación, comunicando la decisión adoptada, para su registro y notificación a la interesada.”.

Cecilia Magdalena Martinez, Titular, Dirección de Gestión Documental.

e. 13/12/2018 N° 95114/18 v. 17/12/2018

Fecha de publicación 13/12/2018