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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 986/2018

RESOL-2018-986-APN-ANAC#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 20/12/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-06377646- -APN-ANAC#MTR del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, la FEDERACIÓN ARGENTINA DE VUELO A VELA (FAVAV) propició la aprobación de un Manual de Instrucción de Vuelo a Vela, destinado a regir en forma obligatoria para la impartición de enseñanza del mencionado deporte.

Que el proyecto en cuestión fue debidamente analizado por personal idóneo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL, el cual indicó que la entrada en vigencia del Manual requerirá un Plan de Implementación de carácter progresivo, a fin de garantizar el mantenimiento de niveles adecuados de seguridad operacional ante el cambio de prácticas que se propone.

Que en el caso, corresponde implementar el proceso de Elaboración Participativa de Normas establecido por el Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003.

Que dicho procedimiento brindará la posibilidad de que los sectores interesados y toda persona, en general, puedan expresar sus opiniones y propuestas respecto del proyecto elaborado.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de esta Administración Nacional ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en los Decretos Nros. 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y 1.770/07.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárase abierto el procedimiento de Elaboración Participativa de Normas respecto del proyecto de Manual de Instrucción de Vuelo a Vela que, como Anexo IF-2018-31440720-APNDNSO#ANAC, integra la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Se recibirán comentarios y observaciones hasta TREINTA (30) días corridos a contar de la fecha de publicación de la presente, los que deberán ser dirigidos a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), con domicilio en Avenida Paseo Colón N° 1.452 (C1063ADO) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 9 a 15 horas, indicando como referencia el número de expediente que surge del Visto de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Los interesados podrán tomar vista de las actuaciones durante el plazo establecido en el artículo anterior, en las oficinas de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL, con asiento en la Calle Azopardo N° 1.405, piso 2° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10 a 15 horas.

ARTÍCULO 4°.- Facúltase al Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos de la Unidad de Planificación y Control de Gestión para llevar el registro de las presentaciones a que hace referencia el Artículo 15 del Anexo V al Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y habilítase la casilla de correo “normaer@anac.gov.ar” a los efectos de recibir los comentarios aludidos en el Artículo 17 de dicho ordenamiento legal.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación por DOS (2) días en el Boletín Oficial, póngase a disposición de los interesados por un plazo de TREINTA (30) días en la página web institucional y, cumplido, vuelva a la Unidad de Planificación y Control de Gestión – Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos para la continuación del trámite. Tomás Insausti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: www.anac.gov.ar

e. 21/12/2018 N° 98246/18 v. 26/12/2018

Fecha de publicación 21/12/2018