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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1886/2018

RESOL-2018-1886-APN-ENACOM#JGM Fecha 18/12/2018

EXPAFSCA 1131/2010

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Sustituir la frecuencia del servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia cuya autorización fuera otorgada a la MUNICIPALIDAD DE LUJÁN DE CUYO por Resolución N° 1.412-ENACOM/18, para operar con una potencia radiada efectiva (P.R.E.) máxima de 100 vatios y altura media de antena (H.M.A.) máxima de 60 metros, en la ciudad de LUJÁN DE CUYO, provincia de MENDOZA, por la frecuencia 88.7 MHz., canal 204. 2.- Establecer que el plazo para presentar la documentación exigida en el Artículo 2º de la Resolución Nº 1.412-ENACOM/18, correspondiente a los nuevos parámetros técnicos autorizados, comenzará a computarse a partir de la notificación de la presente. 3.- Dejar constancia que la sustitución de los parámetros técnicos del servicio autorizado se encuentra supeditada a la conclusión del procedimiento instaurado mediante la Resolución Nº 4.951- ENACOM/18. 4.- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la autorizada deberá presentar la “DECLARACIÓN JURADA DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL”. 5.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.

e. 21/12/2018 N° 97858/18 v. 21/12/2018

Fecha de publicación 21/12/2018