ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN ADUANA DE EZEIZA
Resolución 472/2018
Aeropuerto Internacional Ezeiza, Buenos Aires, 21/12/2018
VISTO la Actuación SIGEA N° 17127-147-2017, y
CONSIDERANDO
Que la Sección V Título II del Código Aduanero contempla la comercialización de aquellas mercaderías que pasaren a ser titularidad del Estado Nacional en virtud de comiso o abandono.
Que el Departamento Procedimientos Legales Aduaneros se expidió mediante Resoluciones 2457/2018 (DE PRLA), 3335/2018 (DE PRLA) y 4337/2018 (DE PRLA) resolviendo, entre otros puntos, otorgar a la mercadería involucrada en autos el trámite previsto en la Sección V Título II del Código Aduanero.
Que la División Gestión de Secuestros tomó intervención en la guarda y custodia de los bienes en trato impulsando la venta del acta lote 18622ALOT000355C.
Que mediante DI-2018-236-E-AFIP-DIADEZ#SDGOAM se ordenó su comercialización.
Que el día 15 de diciembre a las 09:00 hs. se realizó la Pública Subasta, en el Salón Auditorio “SANTA MARIA DE LOS BUENOS AYRES” del Banco de la Ciudad de Buenos Aires.
Que la subasta realizada fue identificada por la entidad bancaria como Remate 2107.
Que la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas conjuntamente con la División Gestión de Secuestros, ordenan excluir de la aprobación un conjunto de lotes, entendiendo apropiado aprobar el resto de lo actuado.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Disposición AFIP N° 373/17 y la Disposición DI-2018-101-E-AFIP-AFIP.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA DIRECCION ADUANA DE EZEIZA
RESUELVE:
ARTICULO 1°: - Aprobar la venta de las mercaderías incluídas en los lotes indicados en el Anexo IF- 2018-00125242-AFIP-DIADEZ#SDGOAM del presente Acto Resolutivo, comercializados en pública subasta en el SALÓN NUESTRA SEÑORA DE LOS BUENOS AYRES, sito en Esmeralda 660, 3er. piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 15 de diciembre de 2018, de acuerdo a la nómina de compradores que se hallan mencionados en el mismo anexo.
ARTICULO 2°: - Excluir, según lo expuesto mediante Nota N° 1685/2018 (DV GSEC), los lotes 29, 55, 90 y 104, y lotes 10, 44 y 118, según lo confirma correo electrónico de fecha 21/12/2018 emitido por la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.
ARTICULO 3°: - Comuníquese a la entidad rematadora, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido, pase a la División Gestión de Secuestros para su conocimiento y posterior archivo. Ramiro Roibas
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 26/12/2018 N° 98535/18 v. 26/12/2018
Fecha de publicación 26/12/2018