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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 261/2018

Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2018

VISTO el expediente EX-2018-57101715-ANSES-DPAYT#ANSES, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 24.156 sancionada y promulgada en 1992, establece y regula la administración financiera y los sistemas de control del sector público nacional, que comprenden las estructuras de control externo e interno de los organismos públicos, a cargo de la Auditoría General de la Nación (AGN), y de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN).

Que esta última a través de la Resolución SIGEN N° 172/14, aprobó las Normas Generales de Control Interno, basadas en el Informe C.O.S.O, que dan marco a la implementación de un eficiente y eficaz sistema de control en todas las índoles de la administración (financiera, legal, económica, de gestión, etc.) de carácter previo y posterior, definiendo al control interno como un proceso integrado a los demás procesos.

Que las normas IRAM-ISO 31000 y 31010 establecen los principios y guías para la gestión de riesgos eficaz y las técnicas de evaluación de riesgo respectivamente, las cuales se encuadran en lo establecido en los considerandos de la mencionada resolución en cuanto a afianzar la aplicación de mejores prácticas.

Que, mediante el documento N° IF-2018-57098634-ANSES-DPAYT#ANSES, la Dirección de Procesos Administrativas y Técnicos informó que la creación del Comité resulta imprescindible para implementar la metodología de Gestión Integral de Riesgos (GIR), ya que permitirá elaborar y mantener un proceso dinámico de administración de riesgos, mejorando así la eficiencia de los servicios que brinda el organismo.

Que, mediante documento N° PV-2018-57214339-ANSES-DGDNYP#ANSES, la Dirección General Diseño de Normas y Procesos agregó que las mejores prácticas recomiendan integrar la metodología de gestión de riesgo a la planificación, estrategia, gestión y procesos de la Organización.

Que asimismo, para implementar la metodología de Gestión Integral de Riesgos (GIR) es necesario crear un Comité de Gestión de Integral Riesgos (el Comité) de modo de dar tratamiento a los riesgos identificados, a través de un enfoque que permita el desarrollo, sustento e incorporación de una estrategia para la gestión integral de riesgos.

Que en función de lo expuesto, el área agregó que el objetivo del Comité de Gestión Integral de Riesgos es garantizar un adecuado tratamiento de los riesgos existentes asociados a los procesos de la ANSES.

Que además, el objetivo de identificar y tratar los riesgos existentes, asociados a los procesos de la ANSES forma parte del proceso de control interno de la Organización en pos de una mejora en los controles.

Que, la Dirección General Diseño de Normas y Procesos concluyó que para cumplir dicho objetivo el Comité de Gestión Integral de Riesgos implementará un análisis central e integral de los riesgos que afronta la ANSES y luego comunicará en forma veraz y oportuna los riesgos y desvíos detectados a todas las áreas que sean administradoras de los procesos a fin que las mismas impulsen las acciones necesarias hacia un control eficiente de las operaciones.

Que la Resolución D.E.-N N° 617/15, que aprueba la probatoria de servicios y remuneraciones de los trabajadores en relación de dependencia afiliados al SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO, creó un Comité para la evaluación del desempeño de dicha probatoria de servicios y remuneraciones.

Que las funciones y objetivos del Comité creado por la Resolución D.E.-N N° 617/15 deben ser absorbidos por el Comité de Gestión Integral de Riesgos creado por medio de la presente resolución.

Que, según informó la Dirección General Diseño de Normas y Procesos, dicho Comité estará presidido por quién ejerza el cargo de Secretario General de la ANSES y estará integrado por la autoridad máxima, o a quienes las mismas deleguen, de las siguientes áreas: la Unidad Auditoría Interna, la Dirección General de Control Prestacional, la Dirección General de Prestaciones Descentralizadas, la Dirección General de Prestaciones Centralizadas, Dirección General de Monitoreo de la Gestión de Prestaciones, Dirección General de Diseño de Normas y Procesos, Dirección General de Informática e Innovación Tecnológica, la Subdirección Ejecutiva de Administración y la Secretaría Legal y Técnica.

Que, mediante Dictamen Jurídico N° IF-2018-65444402-ANSES-DGEAJ#ANSES, la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el 36° de la Ley N° 24.241, el artículo 3° del Decreto N° 2.741/91, y el artículo 1° del decreto 58/15.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la creación del COMITÉ DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGO en el ámbito de esta Administración Nacional de Seguridad Social, cuyo objeto será procurar un adecuado tratamiento de los riesgos existentes asociados a los procesos prestacionales del organismo.

ARTÍCULO 2°— Dispónese que el COMITÉ DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGO estará presidido por quién esté a cargo de la Secretaría General e integrado por los máximos responsables de las siguientes áreas: la Unidad Auditoría Interna, la Dirección General de Control Prestacional, la Dirección General de Prestaciones Descentralizadas, la Dirección General de Prestaciones Centralizadas, Dirección General de Monitoreo de la Gestión de Prestaciones, Dirección General de Diseño de Normas y Procesos, Dirección General de Informática e Innovación Tecnológica, la Subdirección Ejecutiva de Administración y la Secretaría Legal y Técnica, como miembros permanentes, como así también por Directores de las áreas cuya convocatoria resulte necesaria para el tratamiento y resolución de temas específicos.

ARTICULO 3° - Establécese que el COMITÉ DE GESTION INTEGRAL DE RIESGO tendrá la facultad de elaborar la metodología de gestión de riesgos y toda norma que permita optimizar los controles en los procesos.

ARTÍCULO 4° - Establécese que los objetivos y funciones y del Comité creado por la Resolución D.E.-N N° 617/2015 son absorbidos íntegramente por el COMITÉ DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGO.

ARTÍCULO 5° - Desígnese como miembro Coordinador a quién ocupe el cargo de Director General de Auditoría Interna, sin perjuicio del cumplimiento de las funciones que le competen como miembro permanente del Comité.

ARTÍCULO 6° - Apruébanse el ANEXO I “FUNCIONES DEL COMITÉ DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGO” (IF-2018-66493584-ANSES-DGDNYP#ANSES) y el ANEXO II “NORMAS BÁSICAS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ Y CONTENIDO MINIMO DE LAS ACTAS” (IF-2018-66494505- ANSES-DGDNYP#ANSES).

ARTÍCULO 7° — Dispónese que la presente Resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación.

ARTÍCULO 8° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, oportunamente, archívese. Emilio Basavilbaso

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 26/12/2018 N° 98384/18 v. 26/12/2018

Fecha de publicación 26/12/2018