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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 329/2018

Resolución ENRE N° 329/2018

ACTA N° 1554

Expediente ENRE N° EX-2018-28632805-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 21 DE DICIEMBRE DE 2018

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente, solicitado por UGEN S.A. para incorporar CIENTO (110) MW de generación, constituidos por una unidad turbo gas (TG) de CINCUENTA (50) MW y una unidad turbo vapor (TV) de SESENTA (60) MW, a los fines de cerrar el Ciclo Combinado de la CENTRAL TERMOELÉCTRICA BARKER (CTB), conectada a la E.T. BARKER 2 que secciona la LAT 132 KV Olavarría – Barker de TRANSBA S.A., y la Solicitud del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra consistente en (i) El reemplazo del conductor de la LAT 132 KV E.T. BARKER 2 - E.T. BARKER por uno de mayor capacidad; (ii) El reemplazo de los transformadores de corriente de ambos extremos de la LAT 132 KV E.T. BARKER 2 - E.T. BARKER; y (iii) El reemplazo de los transformadores de corriente y las bobinas de onda portadora de la LAT 132 KV BARKER - TANDIL. 2.- Publicar dicha solicitud mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a LA COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio por el plazo de CINCO (5) días; también se publicará por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar en que la obra vaya a realizarse o pueda afectar eléctricamente, advirtiéndose en dichas publicaciones que se otorgará un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, a ser computados desde la última publicación efectuada, a los efectos de que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE o, en el caso del Acceso, presente un proyecto alternativo al del solicitante que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del SADI, o plantee observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Disponer que operado el vencimiento de los plazos señalados en el artículo 2 sin que se registrare la presentación de oposición o, para el caso del Acceso, la presentación de proyecto alternativo alguno, fundados en los términos referidos, se considerará autorizado el Acceso requerido, como así también, emitido el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación referida en el artículo 1. 4.- Establecer que en caso de que existan presentaciones fundadas en los términos anteriormente referidos, que sean comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para analizarlas y permitir al Solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. 5.- La empresa UGEN S.A. deberá presentar ante CAMMESA las Planillas de Recolección de Datos para el Banco Nacional de Parámetros, debidamente completadas, a medida que el grado de avance de ejecución del proyecto lo permita. 6.- La empresa UGEN S.A. al momento de la efectiva conexión del cierre del Ciclo Combinado de la CENTRAL TERMOELÉCTRICA BARKER al Sistema de Transporte, deberá haber cumplimentado todos los aspectos técnicos que le haya requerido el Organismo Encargado del Despacho (OED). 7.- Notifíquese a TRANSBA S.A., a UGEN S.A.., al ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SUSTENTABLE (OPDS) de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, al OCEBA, y a CAMMESA. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese. Firmado: Vocal Tercero Dra. Laura Gisela Giumelli - Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Andrés Chambouleyron -.

Diego Emanuel Alarcón, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio.

e. 26/12/2018 N° 98488/18 v. 26/12/2018

Fecha de publicación 26/12/2018