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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE INDUSTRIA

Resolución 51/2018

RESOL-2018-51-APN-SIN#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 26/12/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-47676664- -APN-DGD#MPYT, las Resoluciones Nros. 709 de fecha 18 de noviembre de 2016 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, 409 de fecha 30 de mayo de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del citado Ministerio, y 6 de fecha 9 de octubre de 2018 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 709 de fecha 18 de noviembre de 2016 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se creó el Programa “Plan de Diseño” con el objetivo de fortalecer la competitividad industrial mediante la implementación de instrumentos financieros y de asistencia técnica.

Que una de las herramientas que componen el citado Programa, denominada Segmento “PyMES D”, consiste en brindar mediante profesionales especializados en diseño, asistencia técnica y seguimiento a empresas, para favorecer el desarrollo de nuevos procesos productivos que impliquen el diseño o rediseño de productos y desarrollos de comunicación estratégica, solventando al efecto la contratación de profesionales que brinden dicha asistencia técnica en la ejecución de proyectos específicos de diseño e innovación.

Que por la Resolución N° 409 de fecha 30 de mayo de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se aprobó el Reglamento Operativo y Bases y Condiciones Generales del citado Programa, con el propósito de presentar los términos, condiciones y procedimientos que regirán su ejecución.

Que a través de la Resolución N° 6 de fecha 9 de octubre de 2018 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se aprobaron las Bases y Condiciones Particulares de la Convocatoria al Segmento “PyMES D” del Programa “Plan de Diseño” y se convocó a los interesados en acceder a la herramienta, a presentar la correspondiente solicitud de acceso al beneficio junto a la documentación pertinente, estableciendo al efecto el plazo de QUINCE (15) días corridos desde su publicación en el Boletín Oficial.

Que el monto de los beneficios a ser otorgados en virtud de la disponibilidad presupuestaria, asciende a la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL ($ 4.560.000).

Que, en virtud de lo previsto en el punto 2.8 del mencionado Reglamento Operativo, la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, suscribió el día 31 de julio de 2018 un Convenio de Cooperación con la FUNDACIÓN SABER CÓMO, constituida por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, el que se encuentra vigente y tiene por finalidad colaborar con la Autoridad de Aplicación en la ejecución del citado Programa.

Que la Coordinación de Gestión del Diseño, dependiente de la Dirección de Gestión Productiva de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ha realizado el análisis de los proyectos presentados conforme los criterios establecidos en el Reglamento Operativo y Bases y Condiciones Generales, así como en las Bases y Condiciones Particulares de la mencionada convocatoria, elaborando la nómina de empresas cuyos proyectos se encuentran en condiciones de acceder al beneficio.

Que, en este sentido, la referida Coordinación, teniendo en cuenta los criterios de ponderación dispuestos en el citado Reglamento Operativo y en el punto 10.2 de las Bases y Condiciones Particulares del referido Programa, propuso el orden de mérito a ser aprobado por la presente medida, estableciendo además y de conformidad a los recursos asignados previamente, el universo de empresas alcanzadas con la herramienta proyectada.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, y el Artículo 2º de la Resolución N° 709/16 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el orden de mérito elaborado por la Coordinación de Gestión del Diseño, dependiente de la Dirección de Gestión Productiva de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, correspondiente a los proyectos presentados por parte de las empresas interesadas en acceder al Programa “Plan de Diseño”, Segmento “PyMES D”, en el marco de la convocatoria realizada mediante la Resolución Nº 6 de fecha 9 de octubre de 2018 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO que, como Anexo IF-2018-62399239-APN-DGP#MPYT, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Establécense como beneficiarias del citado Programa, en virtud de la disponibilidad presupuestaria, a las primeras TREINTA Y OCHO (38) empresas que se encuentran listadas en el orden de mérito que se aprueba en el Anexo de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Hágase saber a las empresas beneficiarias que los aportes de recursos adicionales a su cargo, de conformidad a lo previsto en el punto 10.4 del Anexo a la Resolución N° 6/18 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, deberán realizarse en forma directa a los profesionales, previo al inicio de las actividades, debiendo presentar la constancia del pago realizado ante la Coordinación de Gestión del Diseño de la Dirección de Gestión Productiva de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, mediante la plataforma de “Trámites a Distancia (TAD)”.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber a las empresas beneficiarias, que una vez culminadas las actividades aprobadas en el marco de los proyectos presentados y de conformidad al plazo estipulado para su ejecución, deberán presentar ante la Coordinación de Gestión del Diseño un informe final de cumplimiento para su aprobación. En caso de verificarse incumplimientos en la ejecución de los proyectos aprobados, se procederá de conformidad a lo dispuesto en el punto 10.5 de las Bases y Condiciones Particulares, aprobadas mediante la Resolución N° 6/18 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, pudiéndose disponer el cese total o parcial del beneficio y/o el reintegro de lo percibido.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Fernando Félix Grasso

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 27/12/2018 N° 99224/18 v. 27/12/2018

Fecha de publicación 27/12/2018