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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1887/2018

RESOL-2018-1887-APN-ENACOM#JGM Fecha 18/12/2018

EX-2018-10077060-APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Adjudicar a la ASOCIACIÓN CIVIL PENSAR EL DESARROLLO DE LOS BARRIOS DE JUNÍN, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual de frecuencia modulada de muy baja potencia, que operará en la frecuencia de 106.1 MHz., canal 291, con categoría G, en la localidad de JUNÍN, provincia de BUENOS AIRES. 2.- La licencia adjudicada abarcará un período de 10 años contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de las emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria, por los plazos y en las condiciones previstas, en tanto se mantengan las circunstancias de disponibilidad de espectro que dieron lugar a la presente adjudicación. 3.- Otorgar un plazo de 180 días corridos de notificado el presente acto, prorrogables por el mismo término, para que la licenciataria presente la documentación técnica del servicio para la correspondiente habilitación de las instalaciones e inicio regular del servicio. La señal distintiva será asignada al momento de la habilitación definitiva del servicio. 4.- Dentro de los 180 días corridos de notificado el presente acto, prorrogables por el mismo término, la licenciataria deberá acompañar copia del estatuto -con constancia de su inscripción en el registro correspondiente- en el cual se amplíe su objeto social de manera de contemplar la explotación de servicios de comunicación audiovisual. 5.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC, con relación a la altura de la estructura soporte de antenas a instalar y el cumplimiento de las normas correspondientes emanadas de dicho organismo. El alcance de la licencia adjudicada por la presente, se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENACOM. 6.- La licenciataria deberá mantener el perfil de la propuesta comunicacional durante todo el término de la licencia. La modificación del perfil de la propuesta será considerada incumplimiento de las condiciones de adjudicación. 7.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.

e. 02/01/2019 N° 100057/18 v. 02/01/2019

Fecha de publicación 02/01/2019