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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición 1/2019

Ciudad de Buenos Aires, 02/01/2019

VISTO la Actuación SIGEA N° 18458-13-2018 y las Disposiciones AFIP Nros. 349 y 350 del 21 de diciembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por razones de índole operativa resulta necesario modificar la entrada en vigencia de algunos artículos de las Disposiciones citadas en el Visto.

Que la Dirección de Gestión Organizacional y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional, de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización y las Direcciones Generales Impositiva, de Aduanas y de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar el plazo de entrada en vigencia del Artículo 5° de la Disposición AFIP N° 349 del 21 de diciembre de 2018 hasta el día 1 de febrero de 2019.

ARTÍCULO 2º.- Prorrogar el plazo de entrada en vigencia del Artículo 2° inc. e) de la Disposición AFIP N° 350 del 21 de diciembre de 2018 hasta el día 1 de febrero de 2019.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Leandro German Cuccioli

e. 03/01/2019 N° 239/19 v. 03/01/2019

Fecha de publicación 03/01/2019