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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES

Resolución 2336/2018

Buenos Aires, 21/12/2018

VISTO lo resuelto por la Asamblea Universitaria el 02 de abril de 2002, y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 34 de la Ley de Educación Superior establece que “[l]os estatutos, así como sus modificaciones, entraran en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, debiendo ser comunicados al Ministerio de Cultura y Educación a efectos de verificar su adecuación a la presente ley y ordenar, en su caso, dicha publicación. Si el Ministerio considerara que los mismos no se ajustan a la presente ley, deberá plantear sus observaciones, dentro de los diez días a contar de la comunicación oficial ante la Cámara Federal de Apelaciones, la que decidirá en un plazo de veinte días, sin más trámite que una vista a la institución universitaria. Si el Ministerio no planteara observaciones en la forma indicada dentro del plazo establecido, los estatutos se considerarán aprobados y deberán ser publicados…”.

Que el 11 de octubre de 2018 se comunicó las modificaciones realizadas en el Estatuto, al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Nación.

Que esta Universidad de Buenos Aires requirió al Sr. Secretario General - Área Administrativa de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal tenga a bien informar la totalidad de causas iniciadas contra esta Casa de Altos Estudios entre los días 11 de octubre de 2018 y el 13 de noviembre de 2018.

Que en fecha 29 de noviembre de 2018, la Prosecretaria Administrativa Ad-Hoc de la Cámara, informó el detalle de todas las causas que surgen de la consulta efectuada al Sistema Informático de la Mesa de Asignaciones de Causas.

Que de dicho informe, no surge que el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Nación haya planteado observación alguna por ante dicho organismo judicial, habiendo transcurrido holgadamente al día de la fecha el plazo legal de 10 días a contar desde la comunicación.

Que para la entrada en vigencia del Estatuto con sus modificaciones, se requiere su publicación en el Boletín Oficial, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 24.521.

Que frente a ello, y atento el transcurso del tiempo sin que el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Nación haya procedido a publicar del Estatuto Universitario conforme lo indica el mencionado artículo 34 de la Ley de Educación Superior, con la reforma dispuesta en la Asamblea Universitaria de fecha 02 de abril de 2002, corresponde realizar su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Que por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el Estatuto Universitario;

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina el texto ordenado del Estatuto Universitario, cuya modificación del último párrafo del artículo 100 fue aprobada por la Asamblea Universitaria en fecha 02 de abril de 2002, que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina, comuníquese al Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires, las Unidades Académicas, y a las Secretarías de Rectorado y Consejo Superior. Alberto E. Barbieri

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/01/2019 N° 100217/18 v. 07/01/2019

Fecha de publicación 07/01/2019