Edición del
29 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 1/2019

Ciudad de Buenos Aires, 04/01/2019

VISTO lo actuado en el SIGEA N° 17511-20-2018 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la Cámara de Comercio Exterior de Córdoba (CCEC), CUIT N° 30-51628972-0 presentó con fecha 27 de Julio de 2018, carta de intención respecto de un depósito fiscal general en los términos de lo normado el art. 3° de la Resolución General AFIP N° 3871, ubicado dentro del Parque Industrial de la CCEC, en la calle Del Escudo Provincial entre las calles Del Carmen y Calle Publica Barrio José Ignacio Rucci, ciudad de CÓRDOBA, Provincia homónima, jurisdicción de la Aduana de CÓRDOBA.

Que la firma solicita la habilitación de un depósito fiscal con una superficie total de 17339,27 m2 (DIECISIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON VEINTISIETE METROS CUADRADOS), para cargas generales e IMO.

Que obra a fs. 16/17 la intervención de la Aduana de CORDOBA y a fs. 31/33 de la Dirección Regional Aduanera CENTRAL, las cuales opinan favorablemente respecto del proyecto de habilitación de depósito fiscal presentado por la Cámara de Comercio Exterior de Córdoba.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo N° 1 de la Disposición N° DI-2018-6-E-AFIP-DGADUA.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Apruébese la factibilidad del proyecto de depósito fiscal general presentado por la Cámara de Comercio Exterior de Córdoba (CCEC) , CUIT N° 30-51628972-0, ubicado dentro del Parque Industrial de la (CCEC) en la calle Del Escudo Provincial entre las calles Del Carmen y Calle Pública Barrio José Ignacio Rucci, ciudad de CORDOBA, Provincia homónima, jurisdicción de la Aduana de CORDOBA.

ARTICULO 2°: Establécese que a los fines de la habilitación del depósito fiscal general en trato, la firma deberá cumplimentar el trámite de habilitación normado en la Resolución General AFIP N° 4352 que reemplaza a la RG AFIP 3871.

ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera CENTRAL. Remítanse la presente a la División Aduana de CÓRDOBA para su conocimiento y notificación. Gustavo Adolfo Echegoyen

e. 09/01/2019 N° 1077/19 v. 09/01/2019

Fecha de publicación 09/01/2019