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9 de Diciembre de 2024

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Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio legal en Av. Belgrano 1656, C.A.B.A. notifica que por RESFC-2018-3634-APN-DI#INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades: COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PARA TRANSPORTISTAS AUTOS CONDOR LIMITADA Matricula Nº 13.490, COOPERATIVA DE TRABAJO EL PODER QUILMEÑO LIMITADA Matricula Nº 13.497, COOPERATIVA DE INDUSTRIALIZACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN PARA PRODUCTORES PLAYA LIBRE LIMITADA Matricula Nº 13.528, COOPERATIVA DE TRABAJO LA ROTONDA LIMITADA Matricula Nº 13.529, COOPERATIVA DE TRABAJO DE SEGURIDAD E INVESTIGACIONES PRIVADAS EQUIPO LIMITADA Matricula Nº 13.532, C.A.B.A.C. COOPERATIVA ADJUDICATARIOS BARRIO A.D.A.S. CHIVILCOY LIMITADA Matricula Nº 13.545, COOPERATIVA DE CONSUMO DE MORENO PARA TODOS LIMITADA Matricula Nº 13.569, COOPERATIVA CUNÍCOLA Y GRANJERA AYACUCHO LIMITADA Matricula Nº 13.574, COOPERATIVA DE TRABAJO ESPERANZA LIMITADA Matricula Nº 13.592, COOPERATIVA DE TRABAJO PRESENTACIÓN LIMITADA Matricula Nº 13.632, COOPERATIVA DE TRABAJO CRISÓLOGO LARRALDE LIMITADA Matricula Nº 13.648, COOPERATIVA DE VIVIENDA, CRÉDITO Y CONSUMO NOSOTROS PODEMOS LIMITADA Matricula Nº 13.673, COOPERATIVA DE TRABAJO LA ESPERANZA LIMITADA Matricula Nº 13.675, COOPERATIVA DE TRABAJO PUERTOS DEL PARANÁ INFERIOR LIMITADA Matricula Nº 13.683, COOPERATIVA DE VIVIENDA, CRÉDITO Y CONSUMO FINASER LIMITADA Matricula Nº 13.684, COOPRISAN COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PARA ASOCIADOS DE ACLIBA II LIMITADA Matricula Nº 13.688, COOPERATIVA DE TRABAJO DE RECIBIDORES DE GRANOS Y ANEXOS CORGA LIMITADA Matricula Nº 13.689, COOPERATIVA DE VIVIENDA, CRÉDITO Y CONSUMO CO-VI-LOMAS LIMITADA Matricula Nº 13.698, COOPERATIVA DE TRABAJO EL ATLÁNTICO LIMITADA Matricula Nº 13.704, todas ellas con domicilio en la Provincia de Buenos Aires. Contra la medida dispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) -10 días- y Art. 22, incs. b) c) y d) -30 días- Ley Nº 19.549). RECONSIDERACIÓN (Art. 84 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, -10 días-). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, -5 días-). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, 15 días-), como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 103 de la Ley Nº 20.337, modificada por Ley Nº 22.816. Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derecho en razón de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº 1.759/72 T.O. Dto. Nº 894/17).

Patricia Beatriz Caris, Responsable, Despacho.

e. 08/01/2019 N° 910/19 v. 10/01/2019

Fecha de publicación 10/01/2019