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19 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio legal en Av. Belgrano 1656, C.A.B.A. notifica que por RESFC-2018-3201-APN-DI#INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades: COOPERATIVA DE TRANSPORTES AUTOMOTORES LOS LAGOS LIMITADA Matricula Nº 4.837, COOPERATIVA DE VIVIENDA, CONSUMO, PRODUCCIÓN Y TRABAJO LIMITADA BARRIO BOUQUET ROLDAN DE NEUQUÉN CAPITAL Matricula Nº 6.286, SOCIEDAD COOPERATIVA DE VIVIENDA Y CONSUMO DEL PERSONAL POLICIAL COPOL LIMITADA Matricula Nº 6.589, COOPERATIVA DE VIVIENDA DEL PERIODISTA LIMITADA Matricula Nº 7.026, COOPERATIVA GRANJERA AVICOLA EL MAYAL LIMITADA Matricula Nº 7.102, RUCANIYEN COOPERATIVA DE VIVIENDA Y CONSUMO LIMITADA Matricula Nº 7.388, COOPERATIVA AGROPECUARIA AGROCOL LIMITADA Matricula Nº 7.534, COOPERATIVA DE VIVIENDA LACAR LIMITADA Matricula Nº 7.552, COOPERATIVA DE VIVIENDA 26 DE JULIO LIMITADA Matricula Nº 7.583, COOPERATIVA AGROPECUARIA CHINA MUERTA LIMITADA Matricula Nº 7.607, COOPERATIVA DE VIVIENDA 15 DE ABRIL LIMITADA Matricula Nº 7.754, COOPERATIVA AGRARIA EL DINOSAURIO LIMITADA Matricula Nº 8.295, COOPERATIVA DE VIVIENDA CRÉDITO Y CONSUMO DEL PERSONAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE LA VIALIDAD LIMITADA Matricula Nº 8.334, COOPERATIVA DE VIVIENDA LOS RADALES LIMITADA PARA SUBOFICIALES DE EJECITO ARGENTINO DEL DEPARTAMENTO LOCAR, NEUQUÉN Matricula Nº 8.655, NUESTRO HOGAR SOCIEDAD COOPERATIVA DE VIVIENDA LIMITADA Matricula Nº 8.676, todas ellas con domicilio en la Provincia de Neuquén. Contra la medida dispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) -10 días- y Art. 22, incs. b) c) y d) -30 días- Ley Nº 19.549). RECONSIDERACIÓN (Art. 84 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, -10 días-). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, -5 días-). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, 15 días-), como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 103 de la Ley Nº 20.337, modificada por Ley Nº 22.816. Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derecho en razón de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº 1.759/72 T.O. Dto. Nº 894/17).

Patricia Beatriz Caris, Responsable, Despacho.

e. 11/01/2019 N° 1690/19 v. 15/01/2019

Fecha de publicación 14/01/2019