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Primera sección


SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA Y SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA

Resolución Conjunta 2/2019

RESFC-2019-2-APN-SRYGS#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 09/01/2019

VISTO el Expediente N° 1-0047-2110-004249-17-5 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA, y

CONSIDERANDO:

Que se solicitó la inclusión del fruto de açaí (Euterpe oleracea Mart.) en el capítulo XI del Código Alimentario Argentino.

Que el fruto de açaí, asaí, azaí, manaca o huasaí es la baya de una palmera conocida como “açaízeiro” originaria de América del Sur y se distribuye ampliamente en Amazonas, abarcando zonas de Brasil, Trinidad y Tobago, Panamá, Guayana, Venezuela y Colombia.

Que el açaí es conocido a nivel mundial y actualmente comercializado en distintas regiones del mundo como Norteamérica, Europa, Oceanía y algunos países de América del Sur.

Que en la actualidad Brasil es el principal productor, consumidor y exportador de productos a base de pulpa de açaí.

Que en el mesocarpio carnoso del fruto se encuentra la pulpa de color violáceo de la que se extrae el jugo que se destina a la alimentación.

Que por lo tanto, el fruto del açaí solamente es consumido luego de su procesamiento.

Que la parte comestible del açaí representa en promedio el 26 % del peso del fruto y tiene un valor calórico aproximado de 262 Kcal cada 100 gramos, es rico en minerales, principalmente potasio, calcio, fósforo, magnesio y hierro, en vitaminas E y B1, y también se destaca por su alto contenido de fibras, lípidos y compuestos polifenólicos.

Que se comercializa el jugo del fruto sin semilla y la pulpa congelada para la preparación de helados y postres, entre otros.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE ALIMENTOS consideró oportuna la incorporación de la fruta açaí o asaí (Euterpe oleracea Mart.) en el Artículo 888 del Capítulo XI del Código Alimentario Argentino.

Que en el proyecto de resolución tomó intervención el CONSEJO ASESOR DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ALIMENTOS (CONASE) y se sometió a la consulta pública.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE ALIMENTOS ha intervenido expidiéndose favorablemente.

Que los Servicios Jurídicos Permanentes de los organismos involucrados han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 815/99 y 174/18, sus modificatorios y complementarios

Por ello,

LA SECRETARIA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA

Y

EL SECRETARIO DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA

RESUELVEN:

Artículo 1º. — Sustitúyese el Artículo 888 del Código Alimentario Argentino, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 888: Las frutas frescas comestibles son las siguientes:

CÍTRICOS
Nombre comúnNombre taxonómico
Naranja dulceFruto de Citrus sinensis (L.) Osbeck
Naranja amargaFruto de Citrus aurantium L.
LimónFruto de Citrus limon (L.) Burm. f.
MandarinaFruto de Citrus reticulata Blanco y Citrus deliciosa Ten.
PomeloFruto de Citrus paradisii Macfad.
CidraFruto de Citrus medica L.
Lima de TahitiFruto de Citrus limetta Risso
Lima de México, lima Kei o lima sutilFruto de Citrus aurantifolia (Christm.) Swingle
Lima de Palestina o lima dulceFruto de Citrus limettioides Tanaka
PEPITA
Nombre comúnNombre taxonómico
ManzanaFruto de Malus domestica Borkh.
PeraFruto de Pyrus communis L.
Pera asiáticaFruto de Pyrus pyrifolia (Burm. f.) Nakai
MembrilloFruto de Cydonia oblonga Mill.
Níspero europeoFruto de Mespilus germanica L.
Níspero japonésFruto de Eryobotria japonica (Thunb.) Lindl.
CAROZO
Nombre comúnNombre taxonómico
CerezaFruto de Prunus avium (L.) L.
Ciruela europeaFruto de Prunus domestica L.
Ciruela japonesaFruto de Prunus salicina Lindl.
DamascoFruto de Prunus armeniaca L.
DuraznoFruto de Prunus persica (L.) Batsch.
GuindaFruto de Prunus cerasus L.
Nectarina o pelónFruto de Prunus persica (L.) Batch. var nectarina Maxim
BAYAS Y OTRAS FRUTAS PEQUEÑAS
Nombre comúnNombre taxonómico
ArándanoFruto de Vaccinum corymbosum L. y otras especies de Vaccinum L.
FrambuesaFruto de Rubus idaeus L.
Frutilla silvestreReceptáculos hipertrofiados de Fragaria vesca (L.) Coville y otras especies de Fragaria L.
FrutillaReceptáculos hipertrofiados de Fragaria x ananassa (Weston) Duchesne
Grosella blanca o uva espinaFruto de Ribes grossularia L.
Grosella negra o cassisFruto de Ribes rubrum L.
Grosella roja o corintoFruto de Ribes rubrum L.
Mora (arbórea)Fruto de Morus alba L. y M. nigra L.
Mora o zarzamora, (arbustiva)Fruto de Rubus ulmifolius Schott. y otras especies de Rubus L.
Rosa mosquetaFruto de Rosa rubiginosa L.
SaúcoFruto de Sambucus australis Cham. Schltdl. y Sambucus nigra L.
UvaFruto de Vitis vinifera L.
CalafateFruto de Berberis mycrophylla G. Forst.
Michay o CalafateFruto de Berberis darwinii Hook.
MaquiFruto de Aristotelia chilensis (Molina) Stuntz.
MistolFruto de Ziziphus mistol Gris.
PiquillinFruto de Condalia microphylla Cav.
Zarzaparrila o parrillaFruto de Ribes magellanicum Poir.
TROPICALES Y SUBTROPICALES DE PIEL COMESTIBLE
Nombre comúnNombre taxonómico
BrevaPrimer fruto de Ficus carica L.
CarambolaFruto de Averrhoa carambola L.
DátilFruto de Phoenix dactylifera L.
HigoFruto de estación de Ficus carica L.
KakiFruto de Diospyrus kaki Thunb.
Kumquat o quinotoFruto de Fortunella margarita (Lour.) Swingle y Fortunella japonica (Thunb.) Swingle
Tomate de árbolFruto de Cyphomandra betacea (Cav.) Sendtn.
Oliva o aceitunaFruto de Olea europaea L.
TROPICALES Y SUBTROPICALES DE PIEL NO COMESTIBLE
Nombre comúnNombre taxonómico
Açaí o asaíFruto de Euterpe oleracea Mart.
Ananá o piñaFruto de Ananas comosus (L.) Merr.
BananaFruto de Musa paradisii L. y otras especies de Musa L.
ChirimoyaFruto de Annona cherimola Mill.
Falso Guayabo, feijoa o guayabo del paísFruto de Acca sellowiana (O. Berg) Burret
GranadaFruto de Punica granatum L.
GuayabaFruto de Psidium guajaba L.
KiwiFruto de Actinidia deliciosa Planch.
LitchiFruto de Litchi chinensis Sonn.
Mamón o papayaFruto de Carica papaya L.
PaltaFruto de Persea americana Mill.
Pasionaria, maracuyá amarillo o mburucuyáFruto de Passiflora edulis Sims.
TunaFruto de Opuntia ficus-indica (L.) Mill. y otras especies de Opuntia Mill.
CocoFruto de Coccus nucifera L.
MangoFruto de Mangifera indica L.
CUCURBITAS y otros
Nombre comúnNombre taxonómico
MelónFruto de Cucumis melo L.
SandíaFruto de Citrullus lanatus (Thunb.) Matsum. & Nakai.
Pepino dulceFruto de Solanun muricatum Aiton.
Cayota o alcayotaFruto de Cucurbita ficifolia Bouché.”

Artículo 2º. — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Artículo 3º. — Regístrese, comuníquese a quienes corresponda. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. Josefa Rodriguez Rodriguez - William Andrew Murchison

e. 16/01/2019 N° 2463/19 v. 16/01/2019

Fecha de publicación 16/01/2019