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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 40/2019

RESOL-2019-40-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 18/01/2019

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, las Resoluciones del Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear N° 76/08 y 697/17, lo tramitado en el Expediente Electrónico N° 01394306 de la UNIDAD PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que el primer párrafo del Artículo 26 de la Ley N° 24.804, establece que los Licenciatarios Titulares de una Autorización o Permiso, o Personas Jurídicas cuyas actividades están sujetas a la fiscalización de la autoridad, abonarán anualmente y por adelantado, una Tasa Regulatoria a ser aprobada a través del Presupuesto General de la Nación.

Que por su parte, el Artículo 26 del Anexo I del Decreto N° 1390/98 establece que la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) fijará la Tasa de fiscalización y elevará a través de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN su Presupuesto a efectos de su posterior aprobación por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

Que en virtud de las atribuciones establecidas en el Artículo 26 de la Ley citada en el VISTO y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, el Directorio de la ARN a través del Artículo 1° de la Resolución N° 76/08, aprobó el Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección que se aplica a las Personas Físicas o Jurídicas que soliciten el otorgamiento o sean Titulares de Licencias, Autorizaciones de Operación, Autorizaciones Específicas y Permisos Individuales, como así también para aquellas Personas Físicas o Jurídicas que soliciten el otorgamiento o sean Titulares de Certificados de Aprobación del Transporte de Material Radiactivo emitidas por esta ARN.

Que conforme a las actuaciones obrantes en el Expediente N° 01394306 y de acuerdo al Artículo 6° del Anexo a la Resolución del Directorio de la ARN N° 76/08, la UNIDAD PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN ha determinado el valor de la Hora Regulatoria para el Presupuesto del Ejercicio 2019, como el producto del valor de la Hora Regulatoria del año 2018 ($ 4.783.-) por el índice de salarios promedio del sector en 2017 (24,8%) - por resultar este, el coeficiente de mayor valor.

Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS y la UNIDAD PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN, han tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución conforme se establece en los Artículos 22, Inciso d) y 26 de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 17 de enero de 2019 (Acta N° 3)

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Establecer que, conforme lo dispuesto en el Artículo 3° de la Resolución del Directorio de la ARN N° 76/08, el valor de la Hora Regulatoria para el Ejercicio 2019, en concepto de Tasa Regulatoria para los Usuarios de Material Radiactivo, será de PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE ($ 5.969.-).

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS y a la UNIDAD PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN. Dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese. Nestor Alejandro Masriera

e. 22/01/2019 N° 3287/19 v. 22/01/2019

Fecha de publicación 22/01/2019