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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición 19/2019

Ciudad de Buenos Aires, 18/01/2019

VISTO la Disposición N° 393 (AFIP) del 28 de octubre de 2016 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que la norma citada en el VISTO aprobó los lineamientos a los que deben ajustarse las acciones a realizar en el ámbito de la Administración Federal de Ingresos Públicos en materia de ingreso, distribución y movilidad de su personal.

Que en consecuencia, la referida disposición estableció un Proceso Integral de Nivelación de Planta como modo de lograr una paulatina adecuación de la dotación de personal del Organismo a los requerimientos del servicio, contemplando de igual modo la necesidad de acrecentar su posibilidad de desarrollo laboral.

Que por otra parte, mediante la Disposición N° 200 (AFIP) del 27 de julio de 2017 se creó la Dirección de Integridad Institucional, confiriéndole la responsabilidad primaria de asistir al Administrador Federal en la prevención e investigación de aquellas conductas que resultaren contrarias a los deberes y pautas de comportamiento ético aplicables a los agentes del Organismo, implementando acciones que favorezcan la transparencia y la rendición de cuentas en el ejercicio de la función pública.

Que dicha Dirección debe coordinar sus actividades con las que realizan otras áreas de la Administración Federal en cuanto guardan relación con sus competencias, marco en el que se estima conveniente que intervenga en los procesos de incorporación de personal con el objeto de prevenir situaciones de conflictos de intereses o contrarias a los valores y principios sostenidos por el Organismo.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Recursos Humanos y la Dirección de Integridad Institucional.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 4º y 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios y la Disposición Nº 45 (AFIP) del 22 de febrero de 2016.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN TÉCNICO INSTITUCIONAL A CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Modificar la Disposición N° 393 (AFIP) del 28 de octubre de 2016 y su modificatoria, en la forma que se indica a continuación:

1. Incorpórase como punto 2.5. del Anexo III “PROCESO INTEGRAL DE NIVELACIÓN DE PLANTA EN LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - INCORPORACIÓN DE PERSONAL”, el siguiente:

“2.5. La Dirección de Evaluación y Desarrollo de Recursos Humanos remitirá la nómina de candidatos preseleccionados a la Dirección de Integridad Institucional para que efectúe las acciones que hacen a su competencia, a los fines de prevenir situaciones de conflictos de intereses o contrarias a los valores y principios sostenidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos, determinando si estos postulantes presentan aspectos que impidan su continuidad en el proceso de selección u observaciones que deban ser subsanadas sobre la base de las previsiones contenidas en la materia por la Disposición N° 86 (AFIP) del 22 de marzo de 2018 que aprobó el Código de Ética de la Administración Federal de Ingresos Públicos y la normativa concordante.”.

2. Sustitúyese el punto 4.1. del Anexo III “PROCESO INTEGRAL DE NIVELACIÓN DE PLANTA EN LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - INCORPORACIÓN DE PERSONAL”, por el siguiente:

“4.1. La Dirección de Evaluación y Desarrollo de Recursos Humanos confeccionará una nómina de los postulantes aprobados, ordenados en forma decreciente ponderando los resultados obtenidos en el proceso de evaluación, la que será girada a la Dirección de Integridad Institucional para que tome una última intervención tendiente a evaluar circunstancias no conocidas al momento del análisis previsto en el punto 2.5. y a verificar la regularización de las observaciones identificadas en esa oportunidad.

La Subdirección General de Recursos Humanos someterá la nómina indicada junto con el informe aportado por la Dirección de Integridad Institucional a consideración del Administrador Federal.”.

3. Sustitúyese el punto 6.1. del Anexo III “PROCESO INTEGRAL DE NIVELACIÓN DE PLANTA EN LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - INCORPORACIÓN DE PERSONAL”, por el siguiente:

“6.1. Durante los primeros TRES (3) meses de servicios efectivos las jefaturas respectivas deberán practicar las evaluaciones de confirmación en el cargo y, la Dirección de Integridad Institucional, sobre la base de criterios de riesgo, podrá practicar las evaluaciones que guardan relación con su competencia, propiciando en los casos en que así corresponda la cancelación de la designación.”.

4. Sustitúyese el Cuadro “Proceso de Reclutamiento Externo de Personal” del Anexo V por el que se consigna en el Anexo (IF-2019-00008718-AFIP-SRRDDVCOTA#SDGCTI) que se aprueba y forma parte de la presente disposición.

ARTÍCULO 2°.- Esta norma entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, póngase en conocimiento del Sindicato Único del Personal de Aduanas de la República Argentina (SUPARA) y de la Asociación de Empleados Fiscales e Ingresos Públicos (AEFIP), publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Maria Isabel Jimena De La Torre

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 22/01/2019 N° 3369/19 v. 22/01/2019

Fecha de publicación 22/01/2019