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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO

Resolución 37/2019

RESOL-2019-37-APN-SGT#SGP

Ciudad de Buenos Aires, 17/01/2019

VISTO el EX-2019-00974948- -APN-DDE#SGP, el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y complementarios, las Resoluciones Nros. 21 de fecha 17 de septiembre de 1993 y 393 de fecha 30 de agosto de 1994 de la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Título VI del Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y complementarios se creó el Sistema de Evaluación de Desempeño Laboral.

Que por las Resoluciones Nros. 21 de fecha 17 de septiembre de 1993 y 393 de fecha 30 de agosto de 1994 de la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se establecieron los procesos de Evaluación de Desempeño Laboral relativos a las Funciones Simples y Ejecutivas respectivamente.

Que de conformidad con lo establecido por las citadas Resoluciones los procesos de Evaluación de Desempeño en cada Unidad de Análisis, serán iniciados formalmente por el titular de la jurisdicción.

Que resulta necesario dar inicio a los procesos de Evaluación de Desempeño Laboral en cuestión correspondientes a las Funciones Simples y Ejecutivas de los respectivos agentes de esta jurisdicción comprendidas desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2018.

Que resulta asimismo necesario designar al Coordinador Técnico del Sistema de Evaluación de Desempeño Laboral.

Que conforme lo establecido en las resoluciones citadas en el Visto, el Coordinador Técnico de cada jurisdicción será responsable directo de la administración e implementación de los procesos de evaluación de desempeño, siendo sus funciones específicas, entre otras, elaborar el cronograma de actividades para asegurar el cumplimiento en tiempo y forma de las fases de los procesos de evaluación de desempeño, convocar a los comités de evaluación y/o autoridades intervinientes, acordar el cronograma de actividades respectivo, asesorar a evaluadores de sus derechos y obligaciones en la materia, fiscalizar el oportuno y efectivo cumplimiento de todas las fases del sistema verificando su ejecución e informando a tiempo a las respectivas autoridades de las demoras significativas.

Que la Dirección General de Recursos Humanos de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN E INVERSIONES TURÍSTICAS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en orden a lo establecido en el artículo 10 del Anexo a la Resolución N° 21 de fecha 17 de septiembre de 1993, el artículo 2 de la Resolución N° 393 de fecha 30 de agosto de 1994, ambas de la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y sus modificatorias, y por el Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE TURISMO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Iníciense los procesos de Evaluación de Desempeño Laboral previstos por el Decreto N°2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y complementarios en el ámbito de esta SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO correspondientes a las Funciones Simples y a las Funciones Ejecutivas de los respectivos agentes de esta jurisdicción comprendidas desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2018.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase a la agente de la planta permanente de esta SECRETARÍA DE GOBIERNO, Técnica Da. Adriana Antonia VERÓN (M.I. N° 23.523.946) como Coordinadora Técnica del Sistema de Evaluación de Desempeño Laboral de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 3°.- La designación establecida por el artículo 2° de la presente no importará erogación adicional alguna para esta Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. José Gustavo Santos

e. 23/01/2019 N° 3547/19 v. 23/01/2019

Fecha de publicación 23/01/2019