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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 406/2018

RESOL-2018-406-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 06/08/2018

VISTO el Expediente Nº 1.223.034/07 el Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 462/465, 466/467, y 468/470 del Expediente N° 1.223.034/07 obran agregados respectivamente los Acuerdos celebrados, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 907/07 “E”, entre el SINDICATO ÚNICO DE GUARDAVIDAS Y AFINES y las empresas GIMNASIOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA, RACING 2000 SOCIEDAD ANÓNIMA, RICKSON SOCIEDAD ANÓNIMA, DEPORTIVO YERBAL SOCIEDAD ANÓNIMA, GIMNASIOS ROSARINOS SOCIEDAD ANÓNIMA, y GERENCIAMIENTOS DEPORTIVOS SOCIEDAD ANÓNIMA, cuya homologación las partes solicitan conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dichos Acuerdos las partes establecen, entre otras, nuevas condiciones salariales y el pago de sumas no remunerativas en las condiciones establecidas en cada Acuerdo, aplicables a los trabajadores de las empleadoras comprendidos en el citado Convenio Colectivo de Trabajo N° 907/07 “E”, con vigencia el primero de ellos, desde el 1° de junio de 2014 hasta el 30 de mayo de 2015; el segundo desde 1° de junio de 2015 hasta el 30 de junio de 2016, y el restante desde el 1° de julio de 2016 hasta el 30 de junio de 2017, conforme los detalles allí impuestos.

Que el ámbito de aplicación de los referidos instrumentos se corresponde con la actividad de las empleadoras signatarias, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical, emergentes de su Personería Gremial.

Que procede así indicar que se encuentran cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en relación con el carácter atribuido a las asignaciones espciales pactadas que surge de las escalas de fojas 465 y 467, como asi mismo el incremento no remunerativo pactado a foja 468, que resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación de los mencionados Acuerdos.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO ÚNICO DE GUARDAVIDAS Y AFINES y las empresas GIMNASIOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA, RACING 2000 SOCIEDAD ANÓNIMA, RICKSON SOCIEDAD ANÓNIMA, DEPORTIVO YERBAL SOCIEDAD ANÓNIMA, GIMNASIOS ROSARINOS SOCIEDAD ANÓNIMA, y GERENCIAMIENTOS DEPORTIVOS SOCIEDAD ANÓNIMA obrante a fojas 462/465 del Expediente N° 1.223.034/07, conforme lo previsto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2.004).

ARTICULO 2°.- Declárasehomologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO ÚNICO DE GUARDAVIDAS Y AFINES y las empresas GIMNASIOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA, RACING 2000 SOCIEDAD ANÓNIMA, RICKSON SOCIEDAD ANÓNIMA, DEPORTIVO YERBAL SOCIEDAD ANÓNIMA, GIMNASIOS ROSARINOS SOCIEDAD ANÓNIMA, y GERENCIAMIENTOS DEPORTIVOS SOCIEDAD ANÓNIMA obrante a fojas 466/467 del Expediente N° 1.223.034/07, conforme lo previsto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2.004).

ARTICULO 3°.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO ÚNICO DE GUARDAVIDAS Y AFINES y las empresas GIMNASIOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA, RACING 2000 SOCIEDAD ANÓNIMA, DEPORTIVO YERBAL SOCIEDAD ANÓNIMA, GIMNASIOS ROSARINOS SOCIEDAD ANÓNIMA, y GERENCIAMIENTOS DEPORTIVOS SOCIEDAD ANÓNIMA obrante a fojas 468/470 del Expediente N° 1.223.034/07, conforme lo previsto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2.004).

ARTICULO 4°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin que el Departamento Coordinación registre los instrumentos obrantes a fojas 462/465, 466/467, y 468/470 del Expediente N° 1.223.034/07.

ARTICULO 5°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente junto al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 907/07 “E”.

ARTICULO 6º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita de los acuerdos homologados, y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

NOTA ACLARATORIA: Se publica nuevamente por haberse remitido erróneamente, por parte del organismo, el presente acto administrativo, publicado en la edición del 12/12/2018.

e. 25/01/2019 N° 3857/19 v. 25/01/2019

Fecha de publicación 25/01/2019